El Banco de España dará a conocer en las próximas semanas los requisitos y los formularios que deberán cumplimentar todos los prestadores de servicios cripto para poder registrarse como tales. Se trata, en realidad, de una nueva normativa de blanqueo de capitales, aprobada en el segundo trimestre del año y que el Banco de España se dispone a poner en marcha. La cosa va en serio: el que no se registre podrá ser sancionados con hasta 10 millones de euros.
¿De qué servicios estamos hablando? Del paso de moneda fiduciaria a cripto y viceversa, así como los servicios de custodia de monederos electrónicos o también conocidos como ‘wallets’. La norma obliga a todos los operadores que tengan la base, dirección o gestión de la actividad en España, independientemente de su nacionalidad y de dónde se ubiquen sus clientes.
Este nuevo registro, que estará en funcionamiento a finales de octubre, es un intento más de las autoridades para poner coto al mundo cripto, cada vez más extendido, sobre todo entre los jóvenes. La clave, sin embargo, sigue estando fuera del alcance de los reguladores y no es otra que el intercambio de criptomonedas entre sí, como afirma Ignacio Ferrer-Bonsoms, del despacho especializado en legislación cripto, Ferrer-Bonsoms & Sanjurjo. Lo que más temen los gobiernos, según este abogado, es que se generalice el uso de criptomonedas para la compraventa de bienes y servicios.