Manifestábamos ayer nuestra escasa fe en que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sentenciara sobre el caso Banco Popular contra sus hermanos de leche entre los organismo europeos. Por ejemplo, en contra de la Junta de Resolución Bancaria europea (JUR), que preside la señora Elke König, que fue quien intervino el Popular con nocturnidad y se lo regaló al Santander por un euro, con no poca alevosía, un 7 de junio de 2017.
Ahora, el TJUE ha decidido que el Santander no tendrá que afrontar reclamaciones civiles producto de la innúmeras demandas civiles en los tribunales españoles. Ahora bien, hablamos del ampliación de capital útil del Popular no la intervención en sí, Precisamente, una de las cosas más curiosas del Caso popular es que un banco que acaban de culminar con éxito una segunda ampliación de capital sea declarado inviable e intervenido y liquidado.
Y ojo, esto no significa que el Santander este libre de cualquier tipo de pago de indemnización a los accionistas del Popu. Recuerden que en la causa penal que se sigue en la Audiencia Nacional, el banco que preside Ana Botín figura como responsable civil subsidiario.
El Santander obtiene una tregua ante las demandas civiles en España
Ahora bien, volvamos al Tribunal de Luxemburgo que es el que aborda la causa principal: ¿fue legal la injustísima intervención del Popular, un banco español, solvente y viable, por parte de la europea JUR?
Pues me temo que el Tribunal defenderá a su colega europea, Elke König, aferrándose a que fue el propio presidente último del Popu, Emilio Saracho (quien llegó al banco para venderlo y embolsarse media docena de millones de euros por media docena de meses de trabajo) el connivente interno que pidió a la JUR la intervención de la entidad. Así que doña Elke no se ha movido de ahí: yo no intervine nada: fueron ellos lo que me pidieron que interviniera.
Lo del Popular tiene toda la pinta de que va a terminar en una injusticia perfectamente legal.