La noche el 6 al 7 de junio de 2017, la Junta de Resolución bancaria (JUR) de la Unión Europea intervino la entidad y se la regaló al Santander por 1 euro. Un lustro después, el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha emitido una sentencia realmente curiosa. Con ella se justifica la intervención del que fuera el banco más rentable del mundo y la mentira enorme de decir que no era viable, aunque los peritos del Banco de España, y el propio gobernador, Luis María Linde, hayan manifestado reiteradamente lo contrario.
Si un banco quiebra, sus accionistas deben perderlo todo. El problema en el caso Popular... es que no estaba quebrado
Vamos con el fallo del TGUE, con sede en Luxemburgo. Hay algunas cosas que dice la sentencia que ponen en cuestión el mismísimo derecho a la propiedad privada para los accionistas. No se escandalicen. A fin de cuentas, lo que hicieron con el Popular no creo que vayan a repetirlo… porque no creo que vayan a encontrar otro caso en que el propio presidente de la entidad y el propio gobierno de su país, no frenen en seco el experimento.
De hecho, en Italia, con el Monti del Paschi di Siena, les ocurrió exactamente eso. Los italianos le dijeron a la JUR que se fuera a paseo, que ya arreglaban ellos sus propios problemas. Aquí, el Gobierno Rajoy, con Luis de Guindos como titular de Economía, primero defendió al Popular sin especial entusiasmo, luego lo dejó caer.
Vamos con algunas notas concretas sobre la sentencia del TGUE, no sin antes añadir que el proyecto europeo y las instituciones de la Unión han quedado seriamente tocadas por un texto que no solo pone en solfa la propiedad privada en Europa, sino que, además, se niega a entrar en el fondo de la cuestión. Y el fondo de la cuestión es este: se intervino un banco que era perfectamente viable. Así que, si Europa tenía detractores, algunos cientos de miles se le han unido, seguro, después de la sentencia: los accionistas, bonistas y empleados del Banco Popular.
La sentencia del TGUE niega el derecho de los accionistas a ser escuchados en un procedimiento que les expolia de sus propiedades, sobre la base de que tal resolución no va dirigida a ellos, sino al banco. ¡Toma ya!
De entrada, la sentencia no sólo no pone en duda la solvencia del Banco, sino que se reafirma en que el Popular era solvente pero que no podía garantizar sus compromisos de pago. Efectivamente, era solvente y los problemas de liquidez, perfectamente solucionables vía BCE-BdE, vinieron después de las lamentables declaraciones del propio presidente del Popular y de la propia Elke König, que pasó a ser fiscal, juez y verdugo del Banco Popular.
Hasta el propio Gobierno español contribuyó al pánico, bajo el mandato del ministro Luis de Guindos y del titular de Hacienda, Cristóbal Montoro, que ahuyentaron a los depositantes... en un banco cuyo patrimonio neto superaba los 11.000 millones de euros.
La guinda: dice que el Tribunal General, todo sea por proteger a la JUR, a la Comisión Europea y al Santander (p. 330 de la sentencia), lo siguiente: “El derecho de acceso al expediente corresponde al ente que es objeto del dispositivo de resolución, a saber, Banco Popular, y no a sus accionistas o acreedores”. ¡Alucina, vecina!
¿Es está la Europa que nos espera? ¿Son estos los tribunales que nos van a proteger de los desmanes de la Administración Pública, cuando estos se producen?
En un razonamiento circular, el TGUE aduce que los accionistas, propietarios del Banco, no tienen derecho de acceso al expediente, porque el destinatario del mismo es el banco... del que han sido expoliados.
Lo del Popular ha resultado un expolio que, encima ha creado un peligroso precedente jurídico, con una sentencia lamentable
Para mayor escarnio, la sentencia concluye que “la JUR no es un juez -ya lo sabemos- en el sentido de artículo 47 de la Carta y esta disposición no es, por tanto, aplicable al presente asunto". Ergo "los demandantes no pueden invocar válidamente el derecho a un proceso equitativo contra el dispositivo de resolución".
Esto es la sentencia, que no entra en la legalidad del proceso de resolución, sino que, amparándose en supuestas excepciones a derechos fundamentales, en base a la protección de la estabilidad de los mercados, niega el derecho de los accionistas a ser escuchados en un procedimiento que les expolia de sus propiedades, sobre la base de que tal resolución no va dirigida a ellos, sino al banco de que eran propietarios. ¿Cabe más cinismo?
De colofón, a los accionistas se les niega, además, el derecho a la defensa y a ser oídos, derecho básico reconocido en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en los Tratados de la UE y en la Constitución española.
Dice, de verdad lo dice, el TGUE, parráfo 201,: “los accionistas y acreedores de tal ente (Banco Popular) no son los destinatarios de una medida de resolución, que no es una decisión individual adoptada en contra suya”. Entonces, ¿quién perdió el dinero?
En resumen, esto no es un sentencia, es una fallo dictado por el sentimiento de mutuo auxilio entre las organizaciones europeas y un peligroso precedente para el futuro. Bueno, no tan peligroso dado que, como ya hemos dicho antes, la intervención del Popular se hizo con un banco español, con un gobierno débil, el de Mariano Rajoy. Con un banco alemán, francés o el ya mencionado banco italiano, esto no hubiera pasado: simplemente, a la JUR le hubieran mandado a paseo cualquiera de esos gobiernos.
El Alto Tribunal europeo sólo se ha preocupado de proteger a sus colegas eurócratas
Lo del Popular ha resultado un expolio que, encima ha creado un peligroso precedente jurídico con una sentencia lamentable.
A todo esto, la almendra de la cuestión es que en el caso Banco Popular no se dilucidaba si los accionistas tenían derecho a un resarcimiento. Porque, en efecto, si una empresa está quebrada sus propietarios deben perder su dinero. El problema en el caso Popular... es que no estaba quebrado. Se le hizo aparentar como si lo estuviera para poder intervenirlo y crear así en Europa un protocolo para solucionar bancos en crisis... solo que se ejecutó con un banco que no estaba en crisis. Y el Tribunal europeo ni se preocupa de entrar en el fondo de la cuestión: sólo se ha preocupado de proteger a sus colegas eurócratas.