El Consejo General de Colegios de Médicos (CGCOM), en un comunicado, se ha opuesto a la creación de un registro de objetores ante la proposición de 'Ley de regulación de la eutanasia y el suicidio asistido' en España.
A su juicio, este registro puede contravenir el derecho de no tener obligación de declarar sobre ideología, religión o creencias (preservado en el artículo 16.2 de la Constitución Española), por lo que la creación de dicho registro podría ir en contra del derecho a la confidencialidad y a la no discriminación, recoge Europa Press.
Asimismo, el CGCOM ha defendido la objeción de conciencia porque supone el ejercicio de un derecho individual de la persona de ejercer con libertad su pensamiento y su vida en valores. "La objeción es un acto personal, no cabrían expresiones de grupo o colegiadas, por tanto, la objeción de conciencia ha sido reconocida por numerosas asociaciones médicas e incluida en múltiples códigos de deontología médica, como el de la Organización Médica Colegial de España en 2011", ha detallado la organización.
La objeción de conciencia ha sido reconocida por numerosas asociaciones médicas e incluida en múltiples códigos de deontología médica, como el de la Organización Médica Colegial de España en 2011
Poro ello, ha subrayado la importancia de que, una vez desarrollada una ley en la que se incluyan a los médicos como participantes en la práctica de la eutanasia o el suicidio asistido, debe estar "clara" la posibilidad del desarrollo de una cláusula de objeción de conciencia que permita al profesional su rechazo a participar en un proceso si lo considera contrario a sus convicciones éticas, morales, o religiosas.
"La eutanasia o el suicidio asistido no son el modo habitual de proceder en la práctica clínica ante las enfermedades graves terminales o incapacitantes. En todos los pacientes, también aquellos que padecen una enfermedad grave e incurable con pronóstico de vida limitado o enfermedad grave, crónica e invalidante que conlleva sufrimiento, el médico ha de descubrir la dignidad propia de la persona: todos son acreedores de respeto, atención, cuidado y protección (Artículo 5.1 CD 2011), por lo que hasta el final permanece la obligación de aplicar las medidas adecuadas para conseguir su bienestar y cuidado (Artículo 36.1 CD 2011)", ha zanjado el CGCOM.
La eutanasia o el suicidio asistido no son el modo habitual de proceder en la práctica clínica ante las enfermedades graves terminales o incapacitantes
El nuevo comunicado del CGCOM va en la línea del que publicó el 18 de diciembre de 2020, en el que se oponía a la eutanasia y apostaba por potenciar los cuidados paliativos mediante una "Ley General de Cuidados que garantice de forma integral, no solo los cuidados paliativos y la atención al final de la vida, sino que contemplen también todos aquellos condicionantes sociales necesarios para proporcionar la mejor asistencia a aquellas personas que padecen una grave enfermedad orgánica o psíquica que les genera gran incapacidad y un sufrimiento insoportable".
En esa misma nota de diciembre, la CGCOM mostraba su "honda preocupación" ante "la redacción del texto de la Ley en lo que afecta a la objeción de conciencia, asunto clave que puede convertirse en un factor determinante para el ejercicio profesional". Es decir, que se declaraba favorable a la objeción de conciencia.
Asimismo, el CGCOM denunciaba en diciembre que "el Dictamen de la Comisión de Justicia sobre la Proposición de Ley Orgánica para la regulación de la eutanasia en España supone avalar por Ley que la eutanasia es un 'acto médico'. Esto es contrario a nuestro Código de Deontología Médica y contradice los posicionamientos de la Asociación Médica Mundial (AMM)".