- El veto del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, a los refugiados y ciudadanos de seis estados de mayoría musulmana ha comenzado a aplicarse, con algunas excepciones.
- Por ejemplo, que sean "familiares cercanos", o sea, padres, cónyuges, hijos, yernos, nueras, hermanos o novios de los que ya estén en territorio estadounidense.
- Sin embargo, excluidos de esa categoría de "familiares cercanos" quedan los abuelos, nietos, tíos, sobrinos y primos.
- Lo que ha generado polémica en EEUU...
La prohibición temporal del Gobierno de Estados Unidos al ingreso de ciudadanos de seis naciones de mayoría musulmana y de refugiados entró en vigor el jueves, informa
Reuters.
La implementación es posible gracias al Tribunal Supremo, que el pasado lunes permitió la entrada en vigor de algunas partes del veto, destinado a
prohibir durante 120 días la entrada de refugiados y, durante 90 días, el ingreso de los nacionales de seis países de mayoría musulmana
(Irán, Somalia, Sudán, Siria, el Yemen y Libia).
Aunque, eso sí, el veto del presidente de Estados Unidos,
Donald Trump, a los refugiados y ciudadanos de seis estados de mayoría musulmana ha comenzado a aplicarse
con algunas excepciones.
De manera amplia, el Supremo determinó que Trump puede negar la entrada a Estados Unidos a cualquier persona que no pueda probar que tiene un vínculo "genuino" con el país, es decir, que no tengan familia o que no tengan planes para trabajar o estudiar en el país.
El Tribunal Supremo dejó en manos del Gobierno la definición exacta de esos límites y, por ello, el Departamento de Estado envió el miércoles por la noche nuevas directrices a las embajadas y consulados de EEUU para informarles de cómo implementar la orden ejecutiva de
Donald Trump.
Esas directrices establecen que los que quieran ingresar a Estados Unidos deberán demostrar una relación de
"familiares cercanos", como padres, cónyuges, hijos, yernos, nueras o hermanos que ya estén en territorio estadounidense.
Además, el
Departamento de Estado estadounidense concluyó que "después de un nuevo examen, los novios ahora serían incluidos como familiares cercanos",
dijo un responsable del organismo que solicitó el anonimato.
Sin embargo, excluidos de esa categoría de "familiares cercanos" quedan los abuelos, nietos, tíos, sobrinos y primos, que no podrán servir de
ancla a sus familiares en el exterior para tramitar su entrada.
Lo que ha generado polémica en EEUU…
Andrés Velázquez
andres@hispanidad.com