La Audiencia Nacional ha condenado al exsecretario general del PP valenciano Ricardo Costa, entre otros, a cuatro años de prisión por la financiación ilegal del PP de esa Comunidad en las campañas electorales de 2007 y 2008, a través de contratos falsos con la trama Gürtel. Entre ese "otros" está también Ramón Blanco Balín, el arquitecto fiscal de la trama -actuó como asesor financiero- condenado a tres años. Blanco Balín fue vicepresidente de Repsol en la etapa de Alfonso Cortina y asesor de El Corte Inglés.
Blanco Balín actuó como asesor financiero, con facturas a medida o con declaraciones ante la Agencia Tributaria con contabilidad falseada. Además, tendrá que pagar una multa de 1,2 millones de euros por fraudes en los impuestos de sociedades e IVA. También fue consejero de Ercros o NH.
ambién condena a los líderes de la trama: Francisco Correa a cinco años y tres meses de prisión; Pablo Crespo a cinco años de cárcel y a Álvaro Pérez 'El Bigotes' a seis años y nueve meses por girar facturas falsas para que otros empresarios sufragasen ilícitamente parte de los actos electorales de los 'populares'.
Estas penas se acumulan a las impuestas ya por las irregularidades en Fitur y por la primera época de la trama Gürtel -en esta última Álvaro Pérez resultó absuelto-.
El juez José María Vázquez Honrubia considera que ha quedado probado que los 'populares' valencianos pagaron con dinero negro parte de los actos electorales de las campañas autonómicas y municipales de 2007 y las generales de 2008 y otros eventos, todos ellos organizados por la empresa de la Gürtel, Orange Market.
Por contra, ha absuelto al exvicepresidente valenciano Vicente Rambla de los delitos electorales de los que le acusaba la Fiscalía en relación a la financiación irregular del PP en Valencia a través de Gürtel. La Fiscalía pedía para él seis años y tres meses de cárcel, pero el juez central de lo Penal, José María Vázquez Honrubia, señala que no hay prueba directa que le implique en estos hechos.
"Es posible que haya cometido los delitos, pero existe la probabilidad razonable de que no lo hiciera", por lo que acuerda su absolución.