El viernes por la mañana se celebró en el juzgado número 10 de Primera instancia de Madrid la vista previa de la demanda presentada por María Antonia Álvarez por la presunta nulidad de la adopción de Marta y Cristina Álvarez Guil por parte de Isidoro Álvarez, expresidente de El Corte Inglés (ECI).
La jueza María Dolores Fernández Alcalde, se ha dado una semana para decidir si lleva a juicio la adopción de Isidoro Álvarez y si, como considera la demandante, el acto de adopción resultó nulo. Pretende Fernández Alcalde fundamentar por escrito sendos autos sobre las excepciones procesales, a las que luego haré referencia.
La demanda de María Antonia Álvarez pone en solfa toda la actual estructura de poder de El Corte Inglés, donde las hijas adoptivas de Álvarez poseen el 15% del capital y votan por el 22%
Si ese fuera el caso, toda la estructura de poder de ECI daría un vuelco. La demanda de María Antonia Álvarez pone en solfa toda la actual estructura de poder de El Corte Inglés, donde las hijas adoptivas de Álvarez poseen el 15% del capital y votan por el 22%, al poseer la mayoría en IASA, además de casi controlar la Fundación Areces (38%).
¿Cuál es la clave? Según María Antonia Álvarez, hermana de Isidoro, tanto Marta como Cristina Álvarez Guil en ningún momento convivieron con Isidoro Álvarez y fueron adoptadas cuando tenían 40 y 42 años de edad.
No sólo eso, María Antonia Álvarez, madre de Dimas Gimeno, el anterior presidente, ha reclamado el acuerdo de adopción y no se le ha facilitado, hasta el punto de que los Álvarez sospechan que podría no existir.
Si al final del proceso se anulara la adopción, no sólo perderían su porcentaje en ECI y el resto de activos heredados, sino que tendrían que afrontar un pago al fisco
Por su parte, Pérez Llorca, que lleva la defensa de Marta y Cristina Álvarez Guil, considera que la hermana de Isidoro no tiene legitimación activa para reclamar nada al no ser descendiente o ascendente de Isidoro Álvarez e insisten en que la fiscalía asegura que esta causa debería volver a un tribunal familiar.
Por cierto, si al final del proceso se anulara la adopción de Marta y Cristina, no sólo perderían su porcentaje en ECI y el resto de activos heredados, sino que tendrían que afrontar un considerable pago al fisco.