El Gobierno canario se carga la libertad de culto en España. Y es que el pasado sábado lanzó una directriz por la que impedía cualquier evento (tanto social como familiar) de más de diez personas, por tanto, prohibía las misas de más de diez personas, como informa Religión en Libertad.
Otra vez, una autonomía llega más allá que el Ejecutivo sociopodemita y cristófobo de Pedro Sánchez, un hombre que se confiesa ateo. Paralelamente, la Junta de Castilla y León ha decidido retroceder a Fase 1 a las provincias de Valladolid y Salamanca con diversas restricciones: en lo que respecta a celebraciones religiosas, limita la asistencia a 50 personas al aire libre y 25 en un espacio cerrado, siempre y cuando no se supera un tercio del aforo. Esto es mucho más restrictivo que la fase 1 que se estableció hace unos meses, cuando la Conferencia Episcopal aconsejó que el aforo fuera del 30% y en la fase 2 del 50%.
En el caso canario, esta vez sí ha habido protestas de la diócesis. En concreto, del vicario general, Hipólito Cabrera, que denunció que la medida se aprobó el sábado y hubo poco tiempo de reacción, por lo que en algunas parroquias no se ha celebrado misa. No entiende la resolución, pues hada ahora los templos han respetado al máximo las medidas de control sanitario impuestas, y ha pedido que se “repiense”. En la página web del Obispado de Canarias, se señala que por ahora la normativa solo afecta por 15 días a las islas de Gran Canaria y Lanzarote y se detalla que la asistencia a las distintas celebraciones (misas, bautizos, funerales, etc.) será de 10 personas.
“Limitar a 10 personas el aforo de iglesias y catedrales con capacidad para cientos de personas es un pretexto para atacar la libertad religiosa. ¿20 niños en un aula no son un riesgo y 10 personas en una catedral sí?”, denuncia Abogados Cristianos
Por su parte, Abogados Cristianos ha llevado el caso canario ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal de Justicia de Canarias: ha pedido medidas cautelarísimas para suspender el punto de la resolución del Gobierno canario que afecta a las celebraciones religiosas porque “atenta contra derechos fundamentales”, ha explicado Polonia Castellanos, presidenta de Abogados Cristianos. “Una comunidad autónoma no puede restringir ni prohibir derechos fundamentales”, ha recordado.
“Limitar a 10 personas el aforo de iglesias y catedrales con capacidad para cientos de personas es un pretexto para atacar la libertad religiosa. ¿20 niños en un aula no son un riesgo y 10 personas en una catedral sí?”, ha señalado Castellanos. Recuerda que es un derecho fundamental amparado en el artículo 16 de la Constitución. Además, ha criticado “los abusos que algunos políticos regionales y nacionales están haciendo en estos últimos meses” y ha anunciado que “si el gobierno insular no modifica esta resolución no descartamos iniciar acciones penales contra el presidente canario, Ángel Víctor Torres”.
Esperemos que el tribunal canario tenga en cuenta el precedente manchego: un juez ha suspendido la orden del gobierno manchego que prohibía todo acto de culto en Villamalea (Albacete).