El Juzgado de lo Penal nº10 de Málaga da la razón a Abogados Cristianos y condena a una de las organizadoras de la procesión anticristiana de Málaga por un delito contra los sentimientos religiosos, informa la propia organización.
Según el juez que ha llevado el caso de la procesión anticristiana de la ciudad andaluza “no puede considerarse amparada en la libertad de expresión la conducta de la acusada, pues [...] llevó a cabo actos gravemente ofensivos y vejatorios para los sentimientos de los católicos”, recoge La Razón.
El juez condena a la acusada, Elisa Mandillo, a una multa de 9 meses a razón de 10 euros al día, es decir, 2.700 euros, más las costas del juicio. El delito en cuestión fue atentar contra los sentimientos religiosos por pasear una vagina enorme de látex por el centro de Málaga el 8 de marzo de 2013, a modo de procesión religiosa. Y es que la estructura del 'paso' estaba acompañada de todos los ornamentos que usualmente distinguen a las imágenes de la virgen en los tronos de Semana Santa, como un manto y flores, añade La Razón.
Desde Abogados Cristianos, la presidenta, Polonia Castellanos, celebra la sentencia. Asegura que "las ofensas gratuitas, innecesarias y deliberadas contra los católicos no pueden quedar impunes si queremos vivir en un estado democrático".
En cualquier caso, llama la atención que los hechos juzgados no puedan tipificarse como ‘delitos de odio’. ¿No es 'odio a lo cristiano’ ofender sus sentimientos religiosos?