• Y eso no es bueno para los créditos al consumo y a la inversión.
  • En plata, beneficia al crédito hipotecario y perjudica al crédito a pequeñas empresas y consumidores.
  • Con la entrada en vigor subirá un tanto la morosidad bancaria pero no necesariamente las provisiones.
  • La circular acaba con las provisiones anticíclicas del Banco de España. ¿Un error?
  • A partir de ahora, en cuanto se conceda un crédito se provisionará una pequeña pérdida.
El viernes 6 se nos despachó el BOE con la publicación de una modificación de la famosa Circular 4/04 que regula la normativa contable bancaria. No es la primera reforma de la misma desde su entrada en vigor el 1 de enero de 2015, pero sí es, sin lugar a dudas, la más importante de las que se le han hecho. ¿Y por qué es la más importante de las practicadas? Pues porque afecta a lo que los técnicos denominan el reconocimiento del deterioro de los activos crediticios, lo que vulgarmente se conoce como las provisiones para créditos que no gozan de buena salud. Afecta, no mucho, como alguna reforma anterior (la que se hizo en 2010), no como alguna interpretación del propio supervisor (tal que la de 2013), sino muchísimo porque sustituye totalmente el famoso Anejo IX, donde se trata el asunto que apuntamos: el reconocimiento contable de las pérdidas en los créditos concedidos, tema siempre espinoso en el negocio bancario. Las pérdidas en los créditos morosos o dudosos por otros motivos, así como las implícitas en los que aún no han dado problemas, son siempre estimaciones que se realizan en un momento y que crecen o revierten con la misma facilidad que cambian los afectos en la vida o las valoraciones en los mercados financieros. Pero vamos al tema. La norma acaba con una vieja apuesta del Banco de España: las provisiones anticíclicas (denominadas hasta 2005 estadísticas y, desde entonces, genéricas) que se venían aplicando a las carteras de créditos clasificados como normales. Vuelve así a los tiempos de la vieja circular 22/87: en el momento de conceder un crédito, que por propia lógica de su concesión estará clasificado como normal, contabilice una pérdida (pequeña) para hacer frente a la posibilidad de que devenga en dificultades en su recuperación. La nueva norma, más prolija en el detalle de las diferentes situaciones de los créditos, favorece claramente a las entidades que presten con garantías reales en detrimento de las que lo hagan con la mera garantía personal del deudor. Está claro que favorece a las entidades con más peso de operaciones de crédito hipotecario y perjudica a aquellas otras más centradas en las de crédito de consumo. Así que ya tienen ustedes ganadores y perdedores. Entre estos últimos, las instituciones que tanto han crecido en los últimos años, a costa de la banca tradicional, concediendo créditos de consumo o de efectivo en pequeñas cantidades a tipos elevados. Por lo demás, todo muy técnico, y no pretendo aburrirles, pero con aportaciones claras de la experiencia de la crisis como son: la insistencia en la actualización y técnica de las tasaciones, la rápida clasificación de todas las operaciones de un deudor en cuanto una de ellas presenta retrasos en los pagos o el incremento de los porcentajes de pérdida a reconocer en los primeros meses de mora de las mismas, entre otras. Un factor preocupante, a la vista de las discusiones que se han generado en estos años y que han acabado con frecuencia en tribunales, son las mayores facilidades para aceptar procedimientos propios de las entidades, al margen de los del propio Anejo IX, en el cálculo de dichas provisiones. Ya veremos qué pasa en el futuro cuando alguien alegue que ha seguido sus propios procedimientos, aceptados previamente por el supervisor, si a pesar de ello se pone muy en duda su solvencia por culpa de la morosidad. Sólo hay una manera de luchar contra las crisis de deuda, y no son las normas contables, sino una política monetaria más restrictiva que obligue a los agentes económicos a financiarse más con su ahorro pasado que con el ahorro futuro que esperan obtener. Pero ya se sabe: una política monetaria laxa, de tipos absurdos o cero, que es lo mismo,  aumenta el consumo, especialmente el público, ese motor de crecimiento hacia la nada. Exactamente lo contrario que el ahorro. Rubén Manso redaccion@hispanidad.com