La legislación colombiana prohibió las corridas de toros en 2010, pero la Corte Constitucional ha revocado una sentencia anterior, de febrero de 2017, que consideraba la tauromaquia una práctica de maltrato animal, comparable a las peleas de gallos, por ejemplo. Cambia de criterio y las corridas de toros vuelven a ser legales en el país.
La Corte considera que no se puede prohibir una expresión cultural, a pesar de la legislación en contra
El fallo, en suma, garantiza que las corridas no serán penalizadas, a pesar de una legislación contraria, porque no se puede prohibir una expresión cultural en ninguna ciudad o pueblo de Colombia (en la imagen, la plaza de toros de Bogotá). La nueva sentencia aclara que la anterior no tuvo en cuenta el arraigo cultural, que sí aparece en la ley de 2010.
La ley, que queda vigente, especifica, no obstante, que la tauromaquia puede practicarse en los municipios con tradición regular, sin que pueda extenderse a ciudades sin esa tradición ni en temporadas no habituales. Eso sí, ya no podrá penarse como en los casos de pela de gallos, con penas de cárcel de entre 12 a 36 meses.