El Tribunal Constitucional ha concluido que es contrario a la Constitución la discriminación de las universidades privadas frente a las públicas en el acceso al sistema de becas.

El Pleno del tribunal de garantías, por ocho votos frente a tres, acordó el miércoles estimar el recurso de amparo de la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir que demandó a la Generalitat valenciana por vulneración del derecho a la igualdad y del artículo 27.9 de la Constitución –donde se establece que «los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca»- por poner restricciones para que los centros privados accedieran a las becas del Gobierno autonómico, informa El Mundo.

Según informan fuentes jurídicas a El Mundo, la Universidad Católica de Valencia recurrió una orden de alcance general, dictada por la Consejería de Educación en el año 2016, que regulaba las becas universitarias y fijaba que podían ser beneficiarios de las mismas los matriculados en las universidades públicas, así como los de centros privados en el caso de aquellas enseñanzas que se determinen en cada convocatoria, poniendo así trabas al sistema de acceso de los centros privados a las ayudas públicas. Los demandantes alegaron que la orden de la Generalitat establecía una diferencia sin justificar entre las universidades públicas y privadas, discriminando claramente a estas últimas.

El tribunal de garantías, en una sentencia que fue deliberada ayer y que se dará a conocer en los próximos días, considera que esta discriminación es inconstitucional. La ponencia de la resolución ha correspondido al magistrado Santiago Martínez Vares.

Si el asunto llegó al Constitucional fue porque esta reclamación no fue atendida en primer lugar por el Tribunal Superior de Justicia de Valencia

Si el asunto llegó al Constitucional fue porque esta reclamación no fue atendida en primer lugar por el Tribunal Superior de Justicia de Valencia, que rechazó el recurso de la universidad valenciana. Agotada la vía judicial ordinaria, el centro acudió al Constitucional en petición de amparo, y lo ha obtenido con el voto del sector conservador del tribunal, en una sentencia que ha registrado tres votos en contra, correspondientes a los tres magistrados del bloque progresista, María Luisa Balaguer, Cándido Conde Pumpido y Juan Antonio Xiol. Los tres han anunciado la presentación de votos particulares discrepantes, añade El País.

En cualquier caso, esta sentencia del Tribunal Constitucional constituye un varapalo a quienes defienden primar el sistema educativo público -en todos los órdenes-  frente a la iniciativa privada, algo que se parece mucho a lo que la 'ley Celaá' del Gobierno social-comunista está a punto de aprobar en el Congreso…, como explica Más Plurales.