Por lo breve
Bankia. La Audiencia Provincial de Madrid anula las preferentes de una clienta con "experiencia inversora dinámica"
En realidad, era una señora mayor con estudios elementales y "más que experta, era confiada".
La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la nulidad de las participaciones preferentes colocadas a una clienta con "experiencia inversora dinámica", según Bankia. Pero en realidad era una señora mayor con estudios elementales y "más que una inversora experta era una inversora confiada". Dicho fallo coincide con la nulidad que emitió el juzgado número 2 de Aranjuez.
La entidad alega que la cliente tenía "experiencia inversora dinámica", pues había tenido fondos de inversiones y acciones de Bankia. Pero el fallo de la sentencia demuestra que hubo "un verdadero abuso de confianza", afirma Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, el despacho que ha dirigido la defensa.
Entre otros aspectos, la Audiencia Provincial de Madrid señala que Bankia no ofreció a la cliente suficiente información sobre los riesgos de las preferentes: "No hubo información imparcial, clara y no engañosa". Es más, censura que el test de conveniencia concluyera que la cliente "entendía la terminología", pues los tecnicismos "resultan totalmente incomprensibles no sólo para la actora sino también para toda persona que no sea experta en el mundo financiero y bancario".
La sala critica que le colocaran preferentes como si fueran "renta fija". Además recuerda que la iniciativa fue de Bankia y considera que incumplió su obligación de practicar a la cliente un test de idoneidad como marca la ley, pues actuó como asesor y no como mero intermediario. "No es un tema técnico, sino de fondo: fue Bankia la que al haber tomado la iniciativa debía de haber extremado la protección de su clienta velando por sus intereses como si fueran propios", concluye Navas.
Cristina Martín
cristina@hispanidad.com
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