Efectivamente, este Centro Jurídico entiende que las prácticas realizadas por el doctor Morín no sólo eran ilegales según la anterior legislación, sino que lo siguen siendo con la nueva legislación, más conocida como Ley Aído. Es más, cabe destacar que en la práctica de dichos abortos, ni se dio la información que según el Ministerio de Igualdad es la clave de la constitucionalidad de la nueva regulación de la muerte provocada del feto, ni se respeto el tiempo de reflexión necesario antes de la realización de los feticidios.
De igual forma, resulta cuanto menos curioso que si los actos no médicos realizados en las Clínicas de Doctor Morín no podían ser calificados como delitos por la anterior legislación, ¿cómo permanecieron abiertas las actuaciones penales desde el febrero de 2007, y se cierran curiosamente unos días después de la entrada en vigor de la nueva Ley Aído que da carta de naturaleza a las muertes eugenésicas, entre otras nefandas prácticas?, ¿no confirma dicho archivo que la nueva Ley es una legislación de punto final redactada contra los intereses de los nasciturus, de las mujeres y del personal sanitario, y en defensa únicamente del gran negocio de la muerte?
Con todo, el Centro Jurídico Tomás Moro anuncia que seguirá adelante en todos los procedimientos de clínicas abortorias en los que está personado, y quiere recalcar que ya ha iniciado actividades de asesoramiento a médicos y colegios profesionales en relación a la objeción de ciencia y objeción de conciencia, reservándose las acciones pertinentes para recurrir las normas de desarrollo de la L.O.
2/2010.
Por último, este Centro Jurídico anuncia la creación de un nuevo portal web, desde donde la sociedad civil sana podrá controlar el desarrollo legislativo del aborto, y las actuaciones jurídicas tendentes a minimizar sus nefastas consecuencias, permaneciendo cuenta abierta en el BBVA, con número
0182-4016-05-0208517204 (IBAN ES72), en la que se recibirán las donaciones para incrementar nuestras actuaciones en defensa de la vida, hacer frente a los recursos que se interpondrán frente a las normativas autonómicas de desarrollo de la ley del aborto, y coordinar la objeción de conciencia del personal sanitario.
Centro Jurídico Tomás Moro