- El comisario de Competencia exige el Gobierno que recupere los incentivos fiscales por la compra de compañías extranjeras.
- Es el caso de Telefónica, que se benefició de las deducciones por la adquisición de la brasileña Vivo.
- Almunia abre una batalla judicial por la amortización fiscal del fondo de comercio… que perjudica a las empresas españolas.
- Un agravio, si tenemos en cuenta que dejado pasar casos poco el abuso de Google o el trato ventajoso a Apple.
- Rajoy aprobó en 2012 un nuevo régimen que permitía las deducciones para las adquisiciones directas e indirectas.
- La decisión de la Comisión aboca a las empresas a crear sociedades instrumentales en los países que admiten la deducibilidad de fondos de comercio.
- Bruselas deja al Gobierno el encargo de elaborar las listas de empresas beneficiadas y las ayudas que tienen que devolver.
El comisario de Competencia, el español Joaquín Almunia (en la imagen), dejará pronto la Comisión Europea. Se sabe: será el próximo 31 de octubre cuando coloque los trastos en manos de la danesa Margrete Vestager. Pero se marcha con una buena bofetada a tres de las mayores empresas del Ibex, Telefónica, Santander, Iberdrola, a las que obliga a devolver las ayudas fiscales concedidas por comprar compañías extranjeras. Hablamos de sumas muy importantes en euros. También afecta a Abertis, que ha asegurado a Hispanidad que tendrá un "impacto nulo" en sus resultados, y a la aseguradora AXA. Dicho de otro modo, considera que las deducciones tributarias que se aplicaron son "incompatibles con las reglas de la Unión Europea" porque da a esas empresas una "ventaja económica selectiva". Almunia se ha empeñado a fondo, como quien dice, cuando ha dejado 'patatas calientes' para la siguiente en el cargo como el abuso de posición de Google o el trato fiscal ventajoso a empresas como Apple, Fiat o Starbucks.
Veamos. Lo que pide Almunia al Gobierno ahora es que recupere el dinero y le reprocha, además, que no notificara el régimen fiscal que aprobó en 2012 con carácter retroactivo. Bruselas, que abrió su investigación en 2013, considera que ese régimen permitía amortizar el fondo de comercio durante 20 años y "parte de estas deducciones todavía no se han aplicado". En suma, Almunia carga, en el tramo final de su mandato, contra el fondo de comercio de las empresas españolas que adquieren activos en el exterior, que es más o menos lo mismo que poner un cortocircuito en su proceso de internacionalización.
Rajoy adoptó en 2012 esa nueva interpretación administrativa vinculante -que permitía las deducciones fiscales para las compras directas e indirectas- para la adquisición por Telefónica de la brasileña Vivo. Telefónica se había beneficiado de esas mismas deducciones en la compra de la británica O2, aunque en este último este caso Bruselas no pidió que se devolvieran las ayudas por motivos de seguridad jurídica.
En el centro del debate sobre esas ayudas está la amortización fiscal del fondo de comercio, la diferencia entre el valor en libros de una empresa y el precio que finalmente se paga por ella. Ese fondo, en España y otros países, siempre es deducible fiscalmente como sucede con cualquier otro activo que pierde valor. Esa deducibilidad es razonable: si el activo comprado se ha devaluado, la empresa es menos rica. No es más que un problema de imposición diferida. Dicho de otro modo, con un ejemplo: si se ha comprado una empresa por 100 y luego se ha vendido por 70, uno se puede deducir por 30.
Ese es el problema y otra cosa, son las consecuencias. En el fondo, lo que va a generar la decisión de Almunia es que las compañías recurran a otros países que sí admiten esa deducibilidad fiscal para instalar allí filiales puramente instrumentales y materializar a través de ellas las compras que deseen. Es el modo de salvar el obstáculo y es lo mismo, dicho sea de paso, que ha hecho la italiana Enel en su proceso de vaciamiento de Endesa, al vender la división hispanoamericana Enersis.
Con todo ello, Almunia no sólo ha provocada una batalla jurídica de enormes proporciones, sino que está obligando a las empresas a recurrir a las mencionadas sociedades instrumentales para efectuar cualquier compra en el exterior. Es por un lado. Por otro, está beneficiando a las empresas de aquellos países que sí admiten esa deducibilidad de fondos de comercio… y perjudicando a las empresas españolas.
La Comisión Europea no identifica, sin embargo, a las empresas que deben devolver ayudas ni tampoco cuantifica la cantidad de subvenciones que tendrán que reembolsar. Deja esa cuestión al Gobierno, que deberá establecer la lista de empresas que se han beneficiado de este régimen y las ayudas que tienen que devolver. "No puedo pronunciarme sobre los beneficiarios y las sumas porque son las autoridades españolas las que deben transmitir esta información", ha explicado el portavoz de Competencia, Antoine Colombani.
Mariano Tomás
mariano@hispanidad.com