Alberto Cortina y Alberto Alcocer fueron condenados por el Tribunal Supremo a 3 años y 4 meses de cárcel, más una multa de 50 millones de euros por estafa, en el llamado Caso Urbanor. En otras palabras, el Supremo consideraba que los Albertos habían engañado a sus socios, especialmente al arquitecto Pedro Sentieri y el promotor Julio San Martín, de Construcciones San Martín en la venta de los terrenos que dieron lugar a la construcción de las Torres KIO, en la arteria principal de Madrid. Sentencia firme tras pasar por muchas instancias judiciales.
No sólo eso, sino que esta sentencia tuvo su añadido con la aparición de una carta falsa o así lo dictaminaron los tribunales-, atribuida a Sentieri y donde se contaba cómo había que actuar en el caso.
Todo parecía indicado para que los Albertos, que forman parte del círculo íntimo de empresarios de Su Majestad el Rey, entraran en la cárcel por estafa, pero éstos decidieron plantear un recurso ante le Tribunal Constitucional, alegando que el delito había prescrito con ello. Los magistrados del Supremo montaron en cólera porque, con toda razón, alegan que lo propio del Constitucional son los derechos y libertades, no cuestiones procesales, pero lo más sorprendente todavía no había llegado. Lo más sorprendente, casi inexplicable, es la tardanza del TC en dictaminar sobre una cuestión jurídicamente simple, una cuestión de fuero, que no de huevo.
Ningún conflicto jurisdiccional entre el TC y el TS ha resultado tan grave como el de los Albertos.