Sr. Director:
Las Asociaciones de Consumidores han denunciado en muchas ocasiones la práctica abusiva de las operadoras de móviles de cobrar el primer minuto al usuario, aunque la duración de la llamada sea de tiempo inferior al minuto cobrado. Esta conducta resulta irregular y abusiva. ASGECO-UNCCUE considera que el usuario debe pagar exclusivamente por el tiempo real consumido. Pese a las múltiples denuncias y reclamaciones realizadas a las compañías de móviles, éstas no han atendido nuestras pretensiones. Ahora, el Defensor del Pueblo inicia una actuación que intenta solucionar una situación injusta, que ha perjudicado a todos los consumidores.
Asgeco
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Por su parte, el Ministerio de Ciencia y Tecnología afirma que no se cobran las llamadas perdidas
Sr. Director:
Ante la inquietud social por los conceptos incluidos en la factura telefónica, el Ministerio de Ciencia y Tecnología quiere dejar constancia de que las llamadas perdidas, que se realizan tanto desde un teléfono fijo como desde un móvil, no tienen ningún coste para el usuario. Sólo se facturan las llamadas que se completan, es decir, aquéllas en las que se consigue establecer comunicación.
Para las llamadas completadas, el Ministerio de Ciencia y Tecnología quiere aclarar que hay diversas modalidades de facturación dependiendo de los operadores y tipos de contratos, pudiendo existir o no un precio por el establecimiento de la comunicación, un precio por tiempo de conexión normalmente medido en segundos e incluso tarifas independientes del tiempo de uso. En el caso de las llamadas metropolitanas realizadas a través de Telefónica, los primeros 160 segundos están incluidos en el precio de establecimiento de llamada. Existe pues un amplio elenco de modalidades tarifarias al que los usuarios pueden optar dependiendo de sus pautas de consumo y de sus necesidades.
Ministerio de Ciencia y Tecnología