Estos son sus argumentos:
1. Toda la biología moderna se fundamenta en el hecho de que los seres vivos pertenecen a una especie determinada. Toda la taxonomía se basa en este hecho. El evolucionismo ha dejado bien sentado el principio de especiación sin el cual todo el pensamiento científico elaborado desde Darwin carecería de sentido.

2. La ciencia actual a través del descubrimiento del ADN, y las tareas de investigación desarrolladas, ha dejado sentada la identificación de cada especie a través de su huella genética, de tal manera que puede deducirse la especie a la que pertenece un ser vivo y, por consiguiente, sus características generales, a través de un pequeño resto biológico.

3. Precisamente las recientes condenas por la deficiente identificación y clasificación de los restos humanos del accidente del avión Yak-42, constituyen un ejemplo más de esta evidencia: todo ser vivo puede ser identificado por su ADN.

4. Al margen de cualquier consideración de filosofía y de creencias, la evidencia científica incuestionable es la siguiente: el feto, y antes el embrión engendrado por una mujer, es un ser vivo que pertenece a la especie humana. De lo contrario se daría el absurdo que la especie humana engendraría seres vivos inicialmente indeterminados en cuanto a su especie. Si se practica un análisis de ADN sobre el feto, éste será el único resultado posible. Más todavía, si se repite el análisis transcurridos 50, 80 años después de su muerte, el resultado será idéntico. Científicamente el feto es un ser vivo humano, más exactamente pertenece al dominio Eukarya, Reino Animal, Phylum Cordata, Subphylum Vertebrado, Clase Mamíferos, Orden primates, Género Homo, Especie Sapiens.

5. En este sentido en nada se diferencia un feto de la Ministra Aído, a ambos se les supone que pertenecen a la especie Sapiens.

6. Queremos subrayar asimismo que en el ámbito jurisprudencial, el voto reservado del miembro del Tribunal Constitucional, Tomás y Valiente, a la sentencia 53/1 de 11 de Abril sobre la despenalización del aborto, y que constituye la base jurídica sobre la que pretende justificarse la ley de plazos afirma que el no nacido es vida humana.

7. Otra cosa es el grado de protección que el Estado decida asignar a esta vida humana que presenta unas características, que por otra parte no son específicas del feto (estar en formación, y ser temporalmente dependiente), pero que es un ser vivo humano resulta incuestionable.

8. Las declaraciones de la Ministra Bibiana Aído afirmando que se trata de un ser vivo no humano, que no es un ser humano, o bien expresan una falta tan extremada de conocimientos que la hace incompatible con el ejercicio de su alta responsabilidad, o bien es poseedora de una ideología reprobable por peligrosa, por las repercusiones sociales que posee tal forma de pensar. Precisamente, Europa ya experimentó desgraciadamente los males que ocasionaron aquellos que distinguieron distintas calificaciones para la vida humana.

9. Por todo lo expuesto, Sr. Presidente del Gobierno, le pedimos por razones evidentes de dignidad de quien tiene una representación y responsabilidad destacada del país, el cese inmediato de la Sra. Bibiana Aído.

E- Cristians

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