Cuando todavía se desconoce el alcance de la reforma de la ley del aborto que prepara el Gobierno, el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia por la que anula la absolución del Dr. Morín y diez de sus colaboradores acusados de provocar cerca de un centenar de abortos ilegales a mujeres en gestación avanzada.
La sentencia del Supremo pone en evidencia el siniestro negocio montado en nuestro país a raíz de la ley de 1985 que despenalizaba el aborto en tres supuestos concretos. Uno de ellos era el del "riesgo para la salud física o psíquica" para la madre, concepto suficientemente ambiguo para que aquella ley se convirtiera en un auténtico coladero para que las clínicas abortistas pudieran lucrarse sin apenas control.
Una de las pruebas básicas del juicio ahora anulado fue un reportaje de la televisión danesa en la que se mostraba la facilidad con que se podía abortar por encima del límite de tiempo de gestación dispuesto legalmente. Esa prueba, sin embargo, fue rechazada por la Audiencia de Barcelona que tampoco permitió las pruebas aportadas por la fiscalía y el testimonio de los periodistas extranjeros que sacaron a la luz el caso.
El Supremo ha ordenado la celebración de un nuevo juicio en otra sala de la Audiencia para asegurar la imparcialidad.
La lección que se desprende es que la reforma será inútil si no garantiza el respeto a la ley y el principio del derecho a la vida del nasciturus, de acuerdo con la doctrina del Tribunal Constitucional.
Juan García