Este viernes 17 el Comité de Asuntos Sociales, de Salud y Familiares debate la ratificación de la despenalización de la eutanasia. En el Informe Marty se pretende sacar del ámbito penal cualquiera de las prácticas que se entienden como eutanasia: recetas de fármacos letales, inyección letal, supresión de la alimentación o hidratación necesaria para la vida o retirada de terapias proporcionadas, ordinarias o eficaces. No existe diferencia entre la eutanasia activa y la pasiva, según la Organización Médica Colegial y la Sociedad Española de Cuidados Paliativos.

Este informe ya fue aprobado el pasado 25 de abril, aunque lo que ahora se debate es su ratificación. La medida contraviene lo establecido en el artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, en el que se afirma que la muerte no puede ser inflingida intencionadamente  nadie. Los diputados entonces exhortaban a la prohibición absoluta de poner fin intencionadamente a la vida de los enfermos incurables y de los moribundos. Y por si fuera poco, el Informe Marty también se opone a lo dispuesto en el artículo 2 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea del año 2000.

Esta es la flagrante incompatibilidad legal. Pero existe también la ética. Porque el médico jura comprometer su existencia en salvar vidas. Y acabar de manera voluntaria con una vida humana va directamente en contra de lo dispuesto en el juramento hipocrático, tal y como reconoce la Declaración de Ginebra en 1948 y los Principios de Ética Médica Europea de 1987. Además, en la Asamblea Médica Mundial de 2002 se señala que la eutanasia es contraria a la ética: Ello no impide al médico respetar el deseo del paciente de dejar que el proceso natural de la muerte siga su curso en la fase terminal de su enfermedad".  Y es que, en efecto, una cosa es el encarnizamiento terapéutico y otra muy distinta la aplicación voluntaria de la muerte a petición.

La eutanasia sólo está legalizada en Bélgica, Holanda y el Estado norteamericano de Oregón. La experiencia de estos años ha demostrado que los ancianos de estos lugares sufren angustias graves cuando llega la enfermedad. Y probablemente tienen razones para estar preocupados. En esos países, la eutanasia supone el 2% de las muertes totales.

Desde las sociedades de cuidados paliativos se señala que la reivindicación de la eutanasia responde en el fondo a una mayor necesidad de cuidados del anciano y del enfermo que sufre dolor. Además, en nuestro país, la eutanasia está tipificada como delito en el artículo 143.3 del Código Penal, en el capítulo relativo al homicidio. Y desde luego, no parece que la eutanasia forme parte de la materia comunitaria.

Hasta el momento, sólo se ha presentado la enmienda de una diputada italiana, Pauletti Tangueroni, al citado Informe pro eutanasia. Todavía estamos esperando a que los eurodiputados españoles se manifiesten. Y estaremos muy pendientes de su voto. Porque con la votación del viernes 18 nos jugamos nada menos que la valoración de la vida humana, la columna vertebral de nuestra civilización.

Luis Losada Pescador