• Admite el recurso de Otegi por el 'caso Bateragune', por el que el Supremo le impuso seis años de prisión.
  • La pregunta es: ¿para qué sirve entonces el Tribunal Supremo
El Tribunal Constitucional parece benévolo a la hora de juzgar a ETA y sus amigos. Después de permitir la legalización de Sortu y Bildu en la época de Zapatero, ahora nos sorprende con la admisión a trámite del recurso de amparo presentado por el dirigente de la izquierda abertzale Arnaldo Otegi y el que fuera líder del sindicato LAB, Rafael Díez Usabiaga (ambos en la imagen), contra la condena de seis años y medio de prisión que les impuso el Tribunal Supremo por intentar reconstruir la ilegalizada Batasuna a través de la organización Bateragune. El alto tribunal ahora escuchará al fiscal para decidir si suspende o no la pena de cárcel en tanto resuelve sobre el fondo del asunto.

Según explican las agencias, la Audiencia Nacional condenó a Otegi y Díez Usabiaga a diez años de prisión por el caso Bateragune, la reconstrucción de la estructura de la ilegalizada Batasuna "siguiendo instrucciones de ETA". Las condenas fueron rebajadas en mayo de 2012 por el Tribunal Supremo, que consideró a Otegi como un mero "integrante" en vez de "dirigente" de la organización terrorista ETA. Este mismo criterio fue utilizado para reducir de ocho a seis años las penas para el resto de condenados. Pero, en definitiva, fueron condenados por el Supremo.

Lo peor es que es la segunda vez que el Constitucional enmienda la plana al Tribunal Supremo en asuntos de terrorismo, tras el mencionado de Sortu y Bildu, partidos a los que el Supremo declaró vinculados a ETA.

El Constitucional se vuelve a presentar así como una última cámara de apelación y se desvirtúa de su origen que no era más que juzgar la constitucionalidad o no de las leyes.

Urge una reforma constitucional que incluya al Tribunal Constitucional, porque si no, ¿para qué está el Supremo

Andres Velázquez
andres@hispanidad.com