En su recurso, de más de 200 folios, la defensa de Garzón señala sin embargo que la condena por prevaricación que el Tribunal Supremo le impuso "pone incluso en peligro la independencia judicial que garantiza la Constitución". Añade también que la decisión es "gravísimamente inconstitucional en términos hasta ahora desconocidos en nuestro Estado democrático" y sostiene que ha sido condenado por un delito, el de las escuchas telefónicas a los abogados, que no existe en las leyes de nuestro país y que tampoco está regulado en Europa, en cuanto que le condena por "un delito que no existe en las leyes españolas". A su entender, la cuestión de las escuchas telefónicas está pendiente de la aprobación de una ley que las regule, y que correesponería al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Llega incluso mucho más lejos al afirmar que "se ha exigido el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y que todavía no existe". En su defensa manifiesta que el Supremo le condenó por estar en contra de los criterios particulares del alto tribunal y 'confeccionaron a la medida del juez ' el delito de prevaricación por el que fue desposeído de su cargo de juez. Como se recordará, Baltasar fue absuelto del delito de cohecho en el caso de las subvenciones a las conferencias en Nueva York porque el delito había prescrito. El juez también fue absuelto en el caso de la Memoria Histórica. Tuvo la suerte, al menos de ser inhabilitado en el caso más glamouroso de los tres por los cuales se sentó en el banquillo, sujeto a posibles interpretaciones políticas, como así ocurrió.
Sara Olivo
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