- El TC suspende la declaración soberanista que el Parlament aprobó en enero, tras admitir a trámite la impugnación del Gobierno.
- Artur Mas ha hecho unas declaraciones muy tibias al conocer la noticia: "No congelaremos nada. El camino sigue pese a los obstáculos".
- Moncloa persigue que CiU rompa con ERC y pacte con el PSC... y Mas está dispuesto a hacerlo.
- El Parlament dispone de 20 días para las oportunas alegaciones.
Artur Mas (en la imagen) ha encontrado una salida al callejón sin salida al que estaba abocado. El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la impugnación que llevó a cabo el Gobierno de la Nación a comienzos del mes de marzo al acuerdo del Parlamento Catalán que aprobaba la "declaración de soberanía y el derecho a decidir del pueblo de Cataluña".
El favor que le han hecho a Mas es considerable, a partir de ahora es libre para deshacer el pacto con ERC, un extraño compañero de viaje en la espiral independentista en la que él mismo se había sumido tras convocar elecciones anticipadas y fracasar estrepitosamente. Sus cálculos visionarios tras la "Diada" del año pasado estaban mal realizados. No le quedó otra que seguir adelante en su actitud mesiánica y tuvo que verse obligado a pactar con Esquerra. Una alianza contra natura muy incómoda para CIU, un partido de derechas que hasta hace muy poco contaba con el apoyo de la alta burguesía catalana.
Ahora Artur Mas puede hacerse la víctima, y además se ha quitado un peso de encima de considerables proporciones. Sus declaraciones tras conocer la noticia de la suspensión están muy medidas, aunque suenen algo absurdas por el vocabulario empleado: "No congelaremos nada. El camino sigue pese a los obstáculos", un camino que le permitirá poder pactar con el PSC, con quien no tiene mucho que ver tampoco ideologicamente y a quien, sin embargo, tiene mucho que reprochar, especialmente tras la experiencia del Tripartito, pero con quien puede conseguir arrancar del Gobierno un pacto fiscal favorable a los intereses de Cataluña.
La resolución del TC origina la suspensión de la declaración de independencia durante un periodo de al menos cinco meses al aplicarse el artículo 161.2 de la Constitución, que señala que el Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las comunidades autónomas".
Después de transcurridos los cinco primeros meses, el tribunal deberá resolver si prorroga la medida cautelar mientras continúa estudiando el fondo de la misma, o si, por el contrario la levanta. El Parlamento de Cataluña, por conducto de su Presidencia, dispone de veinte días para alegar y "aportar cuantos documentos y alegaciones considere convenientes".
Sara Olivo
sara@hispanidad.com