El pasado viernes 23 de abril el Boletín Oficial de las Cortes Generales publicaba sendas proposiciones de ley para mejorar supuestas "insuficiencias" que, presenta la actual Ley despenalizadora del aborto. En el caso de la proposición del Grupo Parlamentario de Izquierda Verde, el aborto sería libre durante 14 semanas, mientras que el Grupo Mixto aboga por la libertad total del aborto en las primeras 16 semanas de desarrollo embrionario.
La diputada de Nafarroa Bai (NB), Olaia Fernández, argumenta en su proposición de ley que "la decisión de la maternidad es un derecho personal e íntimo de cada mujer" y que, de igual modo, "en la misma medida debería serlo la interrupción del embarazo libre y voluntariamente decidida". En opinión de la diputada de NB, nos encontramos ante un dilema moral donde "nada se le ha perdido al Código Penal". ¡Toma lección de filosofía del derecho! Y nosotros que creíamos que el marco de convivencia fijado en el Código Penal se basaba en unos principios morales comúnmente aceptados. Ingenuo que es uno.
Habrá que preguntar a la catedrática Olaia si el Código Penal debe de contemplar los caprichos de cada quien, con independencia del mal generado a terceros. ¿Qué pasaría si se me ocurriera libre e informadamente partirle a usted las piernas? ¿Suena bárbaro? Pues, en el caso del aborto, la realidad es un poco peor: Se trocea, se quema, se aspira la pequeña vida incipiente. Una vida distinta e independiente de la madre. Pero la mujer tiene el derecho de la maternidad y la licencia para matar "libre y voluntariamente". Progresamos. Diputada Olaia: ¿Cuál será su autoridad moral cuando exija a los etarras que dejen de matar?
Por lo demás, a la diputada del estrenado NB se le olvida recordar que el artículo 15 de la denostada Carta Magna española defiende el derecho a la vida y que la sentencia 53/1985 del Tribunal Constitucional, que señala la ley despenalizadora como ajustada a
Por otra parte, la propuesta de Izquierda Verde presentada por Carmen García y Gaspar Llamazares contempla que los centros de asistencia y asesoramiento de las mujeres sean los mismos en donde se practique la eufemística "interrupción del embarazo". Obviamente, dichos "asesores" nunca podrían denegar la práctica del aborto a la madre que lo solicitase. En opinión de la Asociación de Víctimas del Aborto (AVA), la propuesta comunista "apuntala la actual dictadura en la que una mujer se puede ver forzada a abortar en contra de su voluntad por presiones de su familia y entorno".
Además, AVA recuerda que el RD 2409/1986 señala en su artículo 9 que el profesional sanitario informaría a las madres solicitantes de la -de nuevo eufemística- "interrupción voluntaria del embarazo" de la existencia de medidas de asistencia social y de orientación familiar que puedan ayudarle. Este hecho se incumple desde que en 1987 se suprimiesen las comisiones de evaluación, según denuncia la asociación Unidos por
Además, la doctora Uroz recuerda que el RD 2409/1986 que desarrolla la despenalización del aborto explicita que la información a la madre sea otorgada por un profesional independiente de quien se beneficia económicamente de esta práctica jurídica. Por si fuera poco, en ambas proposiciones de ley se vulnera el derecho de objeción de conciencia del profesional sanitario bajo la amenaza de considerarse nada menos que "denegación de auxilio". Los comunistas, más prácticos, piden que "en todo caso, se garantice que en los centros públicos se pueda realizar el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo a todas las mujeres que lo requieran". De esta forma, tanto NB como los comunistas puentean nada menos que el derecho constitucional a la objeción de conciencia como el íntimo espacio de la conciencia de un profesional que ha hecho público su juramento hipocrático y que en el 97% de los casos se niega a realizar prácticas "médicas" que violentan su conciencia, su profesión, su vocación, su juramento y su proyecto vital.
Luis Losada Pescador