Hasta ahora, para cumplir la ley era necesario el permiso del Tribunal de Defensa de la Competencia para realizar el intercambio de ficheros de morosos. A partir del decreto aprobado el pasado viernes, los ficheros podrán ser intercambiados sin necesidad de aprobación previa.
De esta forma, se sanea y clarifica el tráfico mercantil, recortando sustancialmente los costes de la mora. En todo caso, el Servicio de Defensa de la Competencia examinará el fichero que deberá de ajustarse a los criterios marcados históricamente como el Tribunal de Defensa de la Competencia y por la Ley de Protección de Datos de carácter personal.
En el decreto se exceptúan los mercados en los que los tres operadores principales superen el 50% de la cuota de mercado, ya que se entiende como supuestos con un nivel de competencia reducida. Curiosamente, es el caso de la telefonía móvil en España, que siguiendo con la marcado en el decreto no podrán intercambiar información sobre morosidad.