La entrada en vigor de las normas internacionales de contabilidad el pasado 1 de enero obliga a los departamentos contables al proceso de adaptación. Y no será nada fácil. Por ejemplo, la normativa obliga a valorar las carteras a "precios razonables", un término ambiguo que habrá que concretar.
La nueva regulación vincula exclusivamente a las sociedades cotizadas o a aquellas que deseen emitir deuda, para que los inversores de todo el espacio europeo sepan los criterios contables utilizados en la valoración de la compañía. Y el proceso de cambio se realizará sin transición, es decir, no se volverán a publicar las cuentas con la normativa anterior a efectos de comparabilidad. Las entidades ofrecerán sus estados contables única y exclusivamente según la nueva normativa detallada en los reglamentos 22/36, 22/37 y 22/38 de la Comisión Europea publicados en el Diario Oficial el pasado 29 de diciembre. No obstante y a pesar del esfuerzo, seguirá habiendo doble contabilidad si la compañía cotiza en mercados europeos y americano al mismo tiempo. Las normativas se han acercado, pero no se han equiparado exactamente.
En el ámbito bancario, tal y como informó Hispanidad el pasado jueves, se aplicará además la circular 4/2004, más adaptada al sector financiero. Desde la AEB y la Federación Bancaria Europea se ha hecho un intenso trabajo en el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) para adaptar las NIC al ámbito financiero. Y así, por ejemplo, el "valor razonable" de la cartera previsto inicialmente se sustituye por el tradicional valor de libros. De esta manera se evita la volatilidad que lejos de ofrecer mayor transparencia, empañaba la imagen fiel de la realidad económico-financiera de la entidad.