Sr. Director:
La coordinadora del Área de Medicina de Profesionales por la Ética, asegura que la ley andaluza sobre la muerte digna establece que toda persona tendrá derecho a rechazar por escrito una intervención propuesta por los profesionales sanitarios aunque dicho rechazo ponga en peligro su propia vida
"De este artículo se deduce no solo el rechazo de intervenciones quirúrgicas o tratamientos sino la retirada de la alimentación o hidratación del paciente", decisión que en el caso de Ramona Estévez ha tomado el hijo y que ha conllevado como ya conocemos el fallecimiento de su propia madre.

 

Recuerdo, Sr. Director, que para Profesionales por la Ética, el caso de Ramona Estévez ilustra una de las actuaciones que traen consigo las llamadas "leyes de muerte digna": permitir la supresión de medidas ordinarias de soporte básicas (es el caso de la alimentación e hidratación) o una sonda nasogástrica, que es de fácil manejo en domicilio y utilizada por muchos pacientes de distintas enfermedades. Se trata de una eutanasia simple y llanamente.

 

 

Jaume Catalán