La reacción de las entidades bancarias ante la sentencia que condena a BBVA a indemnizar a un cliente por no haberle informado de las posibilidades de pérdidas en las que incurría al suscribir un depósito ligado a una inversión en valores bursátiles (y amortizables en esos mismos títulos, independientemente de su cotización) es culpar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) por no haber dictado a tiempo la norma que exigiría unos estándares de información homologados.

 

La verdad es que tiene guasa la cosa, dado que se supone que es el vendedor quien debe informar al comprador del producto que le vende, independientemente de que el regulador oficial lo especifique.

 

En cualquier caso, todo depósito bancario implica que el capital está asegurado, lo que no ocurría en este caso, porque de lo que realmente estamos hablando es de productos financieros.