No sólo se objeta en conciencia, sino en ciencia
El Dr. Esteban Rodríguez Martín solicitó que se le exonerara del diagnóstico prenatal por razones de conciencia. En la mayoría de los casos, ese diagnóstico no permite curar nada, pero el protocolo le obliga a informar a la mujer de que está dentro del supuesto de aborto por razones eugenésicas. El Dr. Rodríguez Martín no sólo es provida, sino que es médico, y por tanto, comprometido y casi consagrado en la defensa de la vida.Pero la dirección del hospital no le ha aceptado su petición. Así que presentó escrito de interposición el pasado 4 de abril. La vista tendrá lugar dentro de 10 días. Argumenta sobre base científica que el diagnóstico prenatal ya ha dejado de tener utilidad científica. El feto corre riesgos y sin embargo, su diagnóstico no permite la cura de ninguna enfermedad. Por lo tanto, no es que objete en conciencia, sino que objeta "en ciencia". No aporta valor curativo.
Por el contrario, del resultado de ese diagnóstico, sí que se deriva un más que probable aborto. Es la razón por la que ya prácticamente no hay síndromes de Down en España y otros países permisivos con el aborto. El protocolo del Hospital Punta de Europa de Algeciras (donde trabaja) le obliga a informar a la mujer de que se encuentra dentro de los tres supuestos legales para abortar. Obviamente el Dr. Rodríguez Martín no está de acuerdo con colaborar en semejante eugenesia. Por eso ha recurrido la decisión de su hospital y solicita amparo para su libre ejercicio de la objeción de conciencia contemplado en sendas sentencias del Tribunal Constitucional.
Se trata del primer caso de objeción de conciencia no al aborto, sino a la técnica de la que se deriva la mayor parte de los abortos eugenésicos: el diagnóstico prenatal, "muy diferente a la medicina fetal", señala el Dr. Rodríguez. Estaremos atentos al fallo. Seguiremos informando.