Además, los autos suspenden las resoluciones de la consejería de Educación de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha en la que se denegaba la objeción de conciencia. Los autos también ordenan a la administración educativa a que adopte las medidas alternativas que posibiliten la presencia del alumno en el centro.
Aunque los autos no entran en el fondo, sí aceptan las medidas cautelares porque reconocen que los padres demandan objetar por poder constituir una vulneración de derechos fundamentales como el de educación o el de libertad ideológica o religiosa
Profesionales por la Etica recuerda que todos loa fallos judiciales de Castilla la Mancha han dado la razón a los objetores. Este el repaso de los principales ítems:
El 27 de agosto pasado, un Auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Albacete amparaba a 6 alumnos objetores.
- El 18 de septiembre, un Auto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Albacete declaraba exentos de Ciudadanía a 52 alumnos. El 24 de septiembre, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Toledo emitía un Auto de medidas cautelares favorable a un alumno. El 26 de septiembre, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Cuenca dictaba un Auto que amparaba el derecho a objetar de los padres de dos alumnos. La novedad de este fallo es que el magistrado aplicaba esta medida cautelar (exención provisional de asistencia y evaluación) al resto de objetores que hubieran iniciado procedimiento judicial en el citado Juzgado. Con esta medida, el Juzgado amparaba los derechos de 62 alumnos. Por último, PPE señala que la elevada cifra de objeción en Castiolla la Mancha (9.049 a 22 de septiembre) y los fallos judiciales referidos, están inquietando a la administración castellano-manchega. Como muestra, dos botones: El pasado mes de septiembre el Fiscal Jefe del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha dictó una Instrucción por la que ordenaba a los fiscales de los juzgados de esta Comunidad Autónoma «oponerse a las demandas formuladas en relación con la objeción de conciencia, oponerse a las peticiones de los padres en relación con las peticiones de medidas cautelares, y recurrir aquellas decisiones judiciales que fueran contrarias a la decisión del Ministerio Fiscal». A mediados de octubre, la Consejería de Educación de Castilla-La Mancha difundió que un alumno de 4º de ESO de Talavera de la Reina que había sido declarado exento de Ciudadanía por Auto judicial había renunciado a la objeción. Este hecho ha sido desmentido por la madre del alumno y por la Plataforma de padres objetores de Talavera ¿XQTCALLAS?. Lo que se manifiesta es que el Gobierno castellanomanchego tiene que recurrir a infundios y manipulaciones para desacreditar y coaccionar a los padres objetores.