Luxemburgo sienta jurisprudencia: la CNE no era competente para poner condiciones a la OPA de E.ON ni a la de ENEL
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) puso fin este jueves al enfrentamiento entre la Comisión Europea y el gobierno español tras dictaminar la ilegalidad de la ampliación de competencias de la Comisión Nacional de la Energía (CNE). Dicha ampliación permitió al regulador español imponer condiciones a las ofertas públicas de adquisición de E.ON y de Enel y Acciona sobre Endesa. El TUE señala que el Real Decreto-Ley 4/2006 "vulnera la libre circulación de capitales y la libertad de establecimiento y no está justificado por el objetivo de garantizar la seguridad del suministro energético". En cualquier caso, el dictamen del tribunal europeo supone un nuevo varapalo para la CNE y pone en duda su fiabilidad e independencia.
La sentencia añade que "la mera adquisición de participaciones en empresas que realicen determinadas actividades reguladas en el sector energético o de los activos precisos para desarrollar dichas actividades no puede, en principio, considerarse en sí misma como una amenaza real y suficientemente grave para la seguridad del suministro de energía".