El juzgado de primera instancia número 47 de Madrid ha dado la razón al Santander, que a finales de 2017 demandó al expresidente del Popular, Ángel Ron, por cobrar la prejubilación de 12,8 millones de euros incluida en su contrato de alta dirección, firmado con el banco, en caso de cese. Según el Santander, Ron no debía cobrar ese dinero después de que el Popular presentase pérdidas millonarias en 2016.
La defensa de Ron, sin embargo, sostenía que esa prejubilación no podía considerarse retribución variable en ningún caso porque no estaba sujeta a objetivos. Además, estaba recogida en los estatutos del banco y, en cualquier caso, las cláusulas malus o clawback, que establecen la devolución del bonus previsto en caso de no cumplir los objetivos o de malas prácticas, no estaban aún contempladas en la política de remuneración del Popular. Ron ha anunciado que recurrirá la sentencia.
La decisión del juez crea un precedente muy peligroso: si la empresa tiene pérdidas, no solo puede afectar al bonus de los directivos sino a sus prejubilaciones o a las indemnizaciones previamente establecidas, en caso de abandonar la compañía. Uno ya no sabe a qué atenerse, después de que un tribunal francés considerase “un accidente laboral” el infarto mortal que sufrió un hombre en un encuentro sexual casual, durante un viaje de negocios.
¡Cómo son esto jueces!