En un escrito, dirigido al juez Ignacio Sánchez García-Porrero, Ada Colau alega que las subvenciones investigadas -1,2 millones de euros a asociaciones afines- se atribuyen al «consistorio municipal» y por ende, añade, ella «por el mero hecho de ser la responsable de la corporación» no tiene esa responsabilidad. Según Ok Diario, la podemita responsabiliza de los hechos investigados a los distintos organismos del Ayuntamiento para que sean otros los imputados en la investigación.
Colau se exculpa ante el titular del Juzgado de Instrucción número 21 de Barcelona asegurando que «la querella –por la que se ha iniciado el procedimiento– no describe ni un sólo acto, ni una sola intervención en la tramitación de las subvenciones que se tachan de delictivas, atribuibles» a ella. «En el relato fáctico se imputa la concesión de las subvenciones al consistorio municipal y al Ayuntamiento de Barcelona que preside Ada Colau», sin embargo, dicha querella «se dirige contra la alcaldesa, como si el mero hecho de ser el cargo público que preside la corporación municipal y ejerce su representación, dirigiendo el Gobierno y la administración municipal, permitiera atribuirle una responsabilidad penal en relación a cualquier acto o resolución administrativa que dentro de la compleja organización municipal se puedan adoptar», explican los abogados contratados por la alcaldesa de la Ciudad Condal.
La alcaldesa señala que, en todo caso, la responsabilidad de desviar los fondos públicos al Observatorio DESC –entidad en la que trabajó Colau antes de dar el salto a la política–, Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) o la Alianza contra la Pobreza Energética (APE) recae en la Comisión de Derechos Sociales, Cultura y Deporte que preside la concejal de En Comú Podem Laura Pérez Castaño. «La alcaldesa no forma parte de esta comisión», explican los abogados de Colau.
En el escrito la alcaldesa expone: «Es labor del juez instructor investigar a la autoridad o funcionario público que ha intervenido en la concesión de una subvención de tal forma que habría vulnerado alguna norma del ordenamiento jurídico que sea indiciariamente incardinable en el artículo 404 del Código Penal. Insistimos, a lo largo de la querella una sola frase, un sólo párrafo, en el que se identifique un acto singular de la participación de la alcaldesa».
Los querellantes que los organismos –todos ellos dependiente de Colau– que tramitaron las adjudicaciones fueron: la Comisión del Gobierno, el Plenari del Consell Municipal que preside la alcaldesa, a Comisión de Derechos Sociales, Cultura y Deportes, el Área de Ecología Urbana y la Regidoria de Calidad de Vida, Igualdad y Deportes del Ayuntamiento de Barcelona,
Por último, en esta declaración de intenciones exculpatoria, los letrados de la edil subrayan que de la querella interpuesta «se deduciría que Ada Colau tiene ella, por sí sola, una libre disponibilidad de los fondos del Ayuntamiento de Barcelona, para lo que quiera y para quien quiera como si de su economía doméstica se tratara».
Continúa Ok Diario, que el juez reprende a la alcaldesa porque su escrito es una «declaración exculpatoria», que corresponde a hacer durante su declaración como investigada. De este modo, el instructor mantiene la imputación de Colau que deberá acudir a los tribunales el próximo 4 de marzo por la presunta comisión de los delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, negociaciones prohibidas y fraude en la contratación.