Cartas al director
Caso Bankia
Sr. Director:
Lo sucedido con la empresa financiera bancaria de depósito Bankia
en términos de la sentencia judicial, es una broma, que por cierto,
quienes ejercen de banqueros (no banqueros vocacionales) han tomado
nota y tendrá consecuencia a futuro, no a las grandes personas
jurídicas privadas ni a la persona jurídica pública, sino a las
personas físicas y pequeñas personas jurídicas privadas.
Decir que los personas físicas como pequeñas jurídicas privadas no tienen conocimientos, no es correcto, no tendrán conocimientos teóricos - técnicos y profesionales en el sentido de leer ni comprender un balance, muchos no entienden ni el balance de la actividad que desarrollan.
¿Qué se entienden por especulación?, ¿la operativa o la conducta?,
porque la mayoría de las personas, por desgracia, las dos generaciones
anteriores a las actuales tomando en referencia la edad de los niños,
o sea, abuelos y padres de determinadas edades, su principal valor es
la moneda, a partir de ésta, han construido las demás, lo que Dante´s
definió los 7 pecados capitales, la conversión no solo en las
conductas, sino en su transformación en los hechos.
No solo la especulación se produce en la operativa con los diferentes productos financieros de los mercados bursátiles, sino también sucedía, y sigue sucediendo con los tipos de interés que se pagan con los depósitos, no en la actualidad por la circunstancia económica y no económica adversa que estamos viviendo, sino sin éstas.
Si la base de la operativa bancaria, es pagar un tipo de interés
por remunerar el depósito, y a partir de éste, según recomendación del
Banco de España, es 2,5 veces el del crédito, sin contar con el
análisis de riesgo que és inicialmente el que marca dicho tipo de
interés de cobrar, en ¿cuantas ocasiones el cliente amenazaba a la
sucursal de toda su vida para solicitar tipos de interés más elevado
por su capital?, ¿cuando la sucursal de al lado ofrecía tipos de
interés muy elevado a lo recomendable?, ¿incluso han trasladado una
parte del capital a la otra sucursal?, etc.
No debemos olvidar que terrorismo del lenguaje instalado en el
individuo y motivo por el cual, hablamos mal nuestro propio idioma,
antes se definía ahorro, que significaba esfuerzo y trabajo, pero de
repente, se utilizó un lenguaje más anglosajón, capital, que no solo
afectó a los propios empleados de las entidades financieras sino
también a las personas físicas como quienes ejercen en las jurídicas,
sean públicas o privadas.
Porque cuando una persona física o jurídica acudía a la entidad y
sonreían pues pensaba que habían obtenido un tipo de interés mayor
al ofrecido inicialmente, en el caso de las personas físicas y
basándonos en la operativa indicada anterior, podría suceder que su
hijo, sobrino, etc., solicitara un préstamo, y éste, se quejaba del
tipo de interés a pagar, no olvidemos, que una parte del tipo de
interés a pagar empieza por el tipo de interés de remunerar, o sea, el
solicitado por su padre, tío, abuelo, etc.
Le recomiendo a la mayoría de las personas de mi circulo de
amistades, que si quieren invertir (nunca le aconsejo nada de mercados
financieros) que contraten los servicios de éstos quienes ejercen de
jueces, ya que ahora, parece ser, son expertos financieros.
Lo llamativo es que en España todo lo relacionado con el derecho,
simplemente está basado en la influencia en todos los aspectos, pero
no leerá ya ninguna sentencia que se basen en la doctrina del derecho,
incluso ni de enseñanza.
Como usted ha escrito como titular del artículo, exposición, etc.,
ha marcado un precedente que tendrá sus consecuencias, y lo tengo cada
día más claro, todo lo que afecte contra el ciudadano, me parecerá lo
correcto, así de sencillo e insistir, ya está bien la cobardía que
demuestran las generaciones anteriores mencionadas.
Valentín Medina
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