Entre las muchas acepciones que tiene en la RAE la palabra "derecho" me llama la atención ésta: "9. m. Facultad del ser humano para hacer legítimamente lo que conduce a los fines de su vida".
La ley de ZP, vigente hoy, consagra el derecho de una mujer a terminar con la vida en gestación de su hijo, y convierte este acto en legítimo, pero me pregunto si es eso "lo que conduce a los fines de su vida".
La respuesta es claramente negativa, lo que provoca un conflicto entre la definición académica y la ley del "derecho" a abortar. Esta ley degrada el concepto de "derecho" y a las personas que en base a la misma actúan "legalmente" pero en contra de "los fines de su vida".
Amparo Tos Boix