Sr. Director:
El Tribunal Constitucional español hacía público el texto de la sentencia, anunciada el 10 de abril, sobre los colegios de educación diferenciada. La sentencia desestimaba el recurso presentado por el grupo parlamentario socialista del Congreso de los Diputados contra este y otros puntos de la LOMCE (Ley Orgánica 8/2013, para la mejora de la calidad educativa).
Una opción pedagógica. La educación diferenciada es un "sistema meramente instrumental y de carácter pedagógico, fundado en la idea de optimizar las potencialidades propias de cada uno de los sexos". El recurso de los diputados socialistas atribuía a esta opción pedagógica una intención de aplicar cierta ideología que no reconoce la igualdad de mujeres y hombres; pero, dice el Tribunal Constitucional, la ley "excluye de principio que la implantación del modelo pueda responder a otro tipo de motivaciones ajenas a las educativas". La escuela diferenciada es tan constitucional como la mixta.