Decíamos en Hispanidad que el presidente del PP ha asegurado, en entrevista con Onda Cero, que "tenemos dificultades para aceptar la imparcialidad del Tribunal Constitucional". Feijóo no se fía de Conde-Pumpido, y parece lógico

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El Gobierno ha pedido al gallego que rectifique y, al tiempo, el Tribunal Constitucional informa: exonera al exdirector del IFA, Miguel Ángel Serrano Aguilar, del delito de malversación por el que fue condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla y de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. La pena impuesta en su día fue a seis años, seis meses y un día de prisión e inhabilitación absoluta durante 17 años y un día, ahora el TC declara que se ha vulnerado el derecho a la legalidad penal y su presunción de inocencia.

Las sentencias condenatorias consideraron que el ex alto cargo socialista firmó, en su calidad de director general de la Institución de Fomento de Andalucía (IFA) / Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), convenios particulares con la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social para el pago de ayudas sociolaborales y empresas en crisis con cargo a los fondos de una partida presupuestaria.

Ahora el fallo del Constitucional está firmado por la Vicepresidenta progresista, Inmaculada Montalbán Huertas, quien asegura que el Supremo y la Audiencia Provincial realizaron una interpretación y aplicación imprevisible del delito de prevaricación, «prohibida por el derecho a la legalidad penal garantizado en el art. 25.1 CE».

La sentencia asegura que "nadie puede prever razonablemente que vaya a ser condenado por delito de malversación, esto es, por la disposición ilícita de caudales o efectos públicos, por realizar conductas que tienen cobertura en una norma con rango de ley que regula específicamente el supuesto de hecho al que ese individuo se enfrenta en su calidad de autoridad o funcionario público, pues tal ley, en tanto no sea declarada inconstitucional, ha de considerarse válida".

Es decir, para la banda de Conde-Pumpido, las funciones de Serrano Aguilar como director de IDEA era firmar los convenios que terminaban en el pago de las ayudas sociolaborales, y esto no es compatible con el delito de prevaricación porque los documentos que firmaba el ex alto cargo estaban amparados por el presupuesto autonómico. Ya lo dijo Gruñán: "El crédito nunca delinque", es decir, que elaborar unos presupuestos no puede ser delito porque es un acto político y no administrativo, aunque ese dinero luego desaparezca. 

La sentencia no es baladí, primero, el Constitucional vuelve a desautorizar el Supremo. Y dos, el TC ya anuló parcialmente una condena por prevaricación, ahora es el turno de eliminar la malversación de caudales públicos del caso de mayor corrupción de España: este delito acarrea penas de cárcel a seis ex altos cargos socialistas de la Junta de Andalucía, que podrían quedar libres gracias al fallo de Conde-Pumpido. 

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