Como se recordará, la proposición de Ley de Amnistía fue aprobada por mayoría absoluta en el Congreso, el pasado jueves 14 de marzo.
El siguiente paso en su tramitación es su remisión al Senado, donde -tras decidir la Mesa, dominada por el PP, que hay que tramitarla por obligación legal- la mayoría absoluta del PP rechazará el texto y retrasará hasta un máximo de dos meses su tramitación, antes de devolverla otra vez al Congreso para su aprobación definitiva.
En el entretanto, ayer, los letrados del Senado emitieron un demoledor informe sobre la proposición de Ley de Amnistía, a la que califican de "inconstitucional" y como "una reforma encubierta de la Constitución". "La Proposición de Ley incurriría en motivos de inconstitucionalidad por vulnerar varios principios, valores y derechos fundamentales que se contienen en la Constitución". Los letrados de la Cámara Alta añaden incluso que "los vicios de inconstitucionalidad no podrían depurarse en esta fase ni en ninguna otra, pues supone una invasión del contenido esencial de varios derechos fundamentales y de la separación de poderes, que son las dos notas características del concepto de constitución".
Eso ocurre después del informe definitivo de la Comisión de Venecia -conocido también ayer lunes- sobre la amnistía, en el que este organismo dependiente del Consejo de Europa afirma que «las modificaciones adoptadas el 14 de marzo de 2024 ampliaron el alcance temporal de la amnistía, que ahora comienza el 1 de noviembre de 2011. Por tanto, la amnistía se aplica a un período de tiempo muy largo». Añade que «el legislador español no ha dado ninguna explicación de por qué estas fechas son 'adecuadas'». "La Comisión reitera su recomendación de limitar y definir de manera más precisa el ámbito de aplicación de la amnistía". También recomienda "su aprobación mediante una mayoría cualificada suficientemente amplia, en la medida en que pueden tener efectos muy divisorios en la sociedad", y no por mayoría absoluta. "En materia de terrorismo, garantizar que en la interpretación de las exclusiones el principio rector será que las amnistías sólo son compatibles con los estándares internacionales si las violaciones graves de los derechos humanos quedan excluidas de su ámbito de aplicación".
Una vez que la Ley de Amnistía sea publicada en el BOE, los magistrados tendrán que aplicarla.
Pero entonces, los jueces del Supremo que investiguen a Carles Puigdemont por terrorismo en el caso 'Tsunami Democratic' podrían plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) para que este se pronuncie sobre si es contraria o no al derecho europeo. En tal caso, los efectos de la amnistía quedarían en suspenso hasta que el TJUE resuelva, aproximadamente en un año y medio.
Una vez que se apruebe la amnistía, también se pueden presentar recursos de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional español. Pero a estas alturas de la película todo el mundo sabe que aprobará la norma, pues actualmente está dominado por el Sanchismo, por 7 votos (incluido el de su presidente Conde Pumpido) a 4.
Por otra parte, también ayer lunes, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional desestimó el recurso de la Fiscalía en el que consideraba los hechos atribuibles a la plataforma Tsunami Democratic como desórdenes públicos y no como terrorismo, como los calificó el juez instructor Manuel García-Castellón, por lo que la causa, a juicio del Ministerio Público, debía enviarse a los juzgados de Cataluña, explica el CGPJ en una nota de prensa.
En su auto, la Sala basa su negativa en los argumentos esgrimidos en el auto del Tribunal Supremo del pasado 29 de febrero en el que asumió la causa de Tsunami por diversos delitos, entre ellos el de terrorismo, contra los aforados en este procedimiento, el eurodiputado y expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y el diputado autonómico catalán Ruben Wagensberg, mientras que mantenía en la Audiencia la competencia para investigar a los no aforados.