Recientemente, decíamos en Hispanidad que había sido detenido uno de los asaltantes del octogenario Pau Rigo, por maniatar y dar una paliza a un hombre por una deuda. El colombiano, acusado por el asalto a Rigo, quien acabó matando a su hermano, pasó a disposición judicial.
Seguimos hablando del caso de Rigo, el anciano que mató al ladrón que entró en su casa, y que ha sido juzgado dos veces... tras resultar absuelto la primera de ellas.
Ahora, por segunda vez, un jurado popular lo ha declarado inocente, en la Audiencia de Palma, al considerar que el hombre, de 84 años (tenía 78 cuando sucedieron los hechos), disparó a uno de los dos ladrones que entró a robar en su casa de Porreres «con la finalidad de salvar su vida y la de su exmujer».
El jurado declaró culpable del asalto a Fredy Escobar, hermano gemelo del fallecido, y a Marcos Rotger y José Antonio Sánchez, conocido como ‘Pep Merda’, que acompañaron en coche a los ladrones hasta la finca de Pau Rigo.
El tribunal también consideró culpable a Fredy de un delito de lesiones porque golpeó a Pau Rigo con una pata de cabra y no lo hizo en legítima defensa. La fiscal reclama una condena de seis años de cárcel para Fredy y tres para Marcos Rotger y ‘Pep Merda’.
Ahora deberá ser el tribunal el que valide el veredicto, alcanzado por unanimidad por el jurado popular y, dicte sentencia absolutoria.
Como hemos insistido en Hispanidad, tanto el caso de Pau Rigo, como el de Pepe Lomas, nos hacen plantearnos que el sistema español es garantista y que la alternativa legal es, al parecer, es que te dejes robar y/o matar. El Estado no te defiende pero tú tampoco puedes hacerlo. Y esto, a propósito del caso de estos anciano en el que unos ladrones entraron a robar en un domicilio particular. Les sorprenden la víctima y disparan para defenderse. Sí, para defenderse dado que si alguien entra en mi casa de noche es muy posible que no haya venido a disfrutar de mi compañía. Pues resulta que eso está muy mal.
Por lo tanto, la absolución de Rigo nos pone ante una sentencia que puede sentar jurisprudencia ante una ley que protege al delincuente por delante del ciudadano que defiende lo suyo. No es baladí.