Ningún comentario. Me basta con que se lean el presente comunicado que, por cierto, es a favor de la nueva ley de Bienestar Animal, que continúa salvando los obstáculos que impone la sensatez a todos los proyectos de Ione e Irene, la pareja feliz de la bella España.
Solo diré que la defensa de los animales de la ley de Bienestar Animal va a crear mucho malestar entre los pobres animales y en sus propios dueños. Mejor vende el perro, porque ¡pobre perro!
Colofón: la Ley de Bienestar Animal se convertirá en la ruina de los humanos que trabajan con animales y creará malestar animal porque los humanos no podrán cumplir sus obligaciones con los “sintientes". O sea, es una ley podemita: un verdadero truño.
El cursillo para dueños y el test de aptitud social, entre otras medidas, con Esther Romero, de Le Morne Brabant Abogados
¿LLEGARÁ A TU HOGAR UNA MASCOTA EN 2023? INFÓRMATE DE LAS NUEVAS OBLIGACIONES DE LOS PROPIETARIOS
De momento, la tramitación de la ley ha quedado en punto muerto, a la espera de que el PSOE y sus socios de gobierno lleguen a un acuerdo sobre si incluir a los perros de caza y a los dedicados al pastoreo, al rescate o las labores policiales, entre otras actividades. No obstante, se prevé que 2023 sea el año en el que los animales domésticos se vean amparados bajo un marco legal que trata, como primera medida, de evitar el abandono.
Es el objetivo primordial de la Ley de Bienestar Animal, aún en fase parlamentaria, como decimos, y que incluye aspectos relevantes que deben ser conocidos por todos aquellos que hayan decidido incorporar al hogar una mascota, especialmente si se trata de un perro.
El primero de ellos es que los nuevos propietarios de perros deberán acreditar la realización de un cursillo de formación, cuyo contenido se desconoce por el momento. La abogada aclara, no obstante, que dicho cursillo se pueda realizar probablemente de forma sencilla y rápida on line o en la propia consulta del veterinario.
También ha levantado suspicacias en algunos sectores la obligación de demostrar, vía test de aptitud, que se está capacitado para convivir con una mascota. Para la experta, no se debería sobredimensionar este requisito que, recuerda, también se exige en diversas esferas de nuestra sociedad sin que suponga ninguna afectación de derechos, siempre y cuando se conozcan previamente cuáles van a ser los criterios de valoración y evaluación para superar esos test. Deberán realizarlo, asimismo, quienes ya tengan un animal doméstico en el hogar.
Lo mismo sucede con otra novedad importante: la obligación de tener durante toda la vida del animal un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que incluya en su cobertura a las personas responsables del animal, por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos que pudieran derivarse.
Un cuarto aspecto, y que afecta a muchos dueños de perros es que se suprime el concepto de perro potencialmente peligroso y se introduce el concepto de perro de manejo especial, aunque, matizan desde Le Morne Brabant, todavía no se sepa quién va a determinar que estamos esta última condición.
Por supuesto, se prohíben el abandono, el maltrato, las peleas organizadas y el empleo de animales domésticos en actividades turísticas y publicitarias. Los belenes y cabalgatas se incluyen entre las prohibiciones, mientras que las romerías y ferias serán reguladas en sus distintos ámbitos.
Se elimina, por último, el sacrificio animal, salvo que esté justificado bajo criterio veterinario para evitar el sufrimiento.
Estos son los aspectos que más han llamado la atención de los dueños de animales en particular y de la sociedad en general, y que vienen a complementar un arco de protección legal que ya establecido en la reforma introducida por la anterior Ley 17/2021 de 15 de diciembre. Según dicha norma, “no procederá la guarda conjunta de los hijos cuando alguno de los progenitores hubiera maltratado animales o hubiera amenazado con hacerlo como medio para controlar o victimizar al otro progenitor o a los hijos comunes”. Es decir, un maltratador de animales podría perder la custodia de sus hijos.
Dado que se otorga la condición de seres sintientes a los animales, se les equipara en el seno de la familia en relación a algunos derechos y reconoce el vínculo existente de afecto con las personas con quienes convive. con la que conviven; en un sentido amplio podemos entender que forman parte del núcleo familiar. De esta manera, y en el caso de rupturas matrimoniales, en defecto de acuerdo, será el Juez que conozca del divorcio el que podrá dictar las medidas relativas al destino de los animales de compañía atendiendo a su bienestar.
Este conjunto de medidas incluidas en ambas leyes es valorado muy positivamente desde Le Morne, ya que, en palabras de la abogada Ester Romero, si bien podría, en principio, disuadir de tener una mascota en casa, conseguirá, en última instancia amparar a los animales e implicar en ello no sólo a los poderes públicos en esta protección sino a toda la ciudadanía.