Si un hombre cambia su género al de mujer y agrede a su pareja femenina, tal agresión no será considerada «de género» sino como «violencia doméstica» o «intragénero». Con ese cambio, la Policía no podrá actuar de oficio, debiendo mediar denuncia por parte de la agredida. Tampoco se abrirá un formulario de prevención de riesgo para evaluar la posibilidad de que esa agresión vaya a más en el futuro, como sí ocurre en el caso de una agresión de hombre a mujer.
Ya lo explicaba Pam en una de sus publicaciones en Twitter:
La propia Pam admitiendo alegremente que el hecho de cambiarte de sexo en el DNI bastará para que no te apliquen la Ley de Violencia de Género. No hay peores enemigas para las mujeres que las dirigentes del Ministerio de Igualdad. pic.twitter.com/mzkaVMIVad
— Froilán I de España 🇪🇸 (@FroilLannister) February 18, 2023
¿Estamos, pues, ante otro "efecto indeseado"- tal como lo calificó el propio Presidente del Gobierno- del Sólo sí es sí?