Punto final. La Sala Primera del Tribunal Supremo, con fecha 27 de septiembre, puso fin a la demanda interpuesta por Ramón Ignacio García García reclamando que se le declarase hijo biológico y, por tanto heredero, de Esther Romero de Juseu y Armenteros, madre de Alicia y Esther Koplowitz Romero de Juseu.
En otras palabras, las hermanas Koplowitz no tienen un hermano secreto. Lo más llamativo del caso es que, tras decisión del Juzgado de Primera Instancia de no admitir la demanda al no aportar García ninguna prueba indiciaria, la Sección 22ª (de refuerzo) de la Audiencia Provincial de Madrid ordenó, sin embargo, admitirla a trámite, insistimos, sin aportar prueba alguna.
Como era de esperar, el Juzgado, con la aquiescencia de la Fiscalía, desestimó la demanda en una sentencia de 29 de septiembre de 2020, tras rechazar la petición del demandante de que las dos hermanas Koplowitz se realizasen una prueba de ADN.
Pues bien, como sucedió anteriormente, García interpuso recurso ante la misma Sección 22ª que nuevamente de manera sorpresiva, lo admitió a trámite, de tal manera que Alicia y Esther Koplowitz se sometieron a la prueba de ADN que resultó ser negativa. García, por su parte, fue condenado a soportar las costas del proceso. El demandante, sin embargo, lejos de dar por finalizado el asunto, interpuso recursos extraordinarios por infracción procesal, recursos que el Supremo no ha admitido a trámite. García tendrá que pagar las costas del proceso.
Lo dicho: sorprende lo lejos que ha llegado este caso pese a la ausencia del más mínimo indicio probatorio. Por este motivo, los abogados de la defensa están estudiando medidas adicionales para que no vuelva a suceder.