A Yolanda Díaz no le gustan los memes... especialmente los suyos. Eso parece a juzgar por la proposición de ley orgánica de regulación de las "simulaciones de imágenes y voces de personas generadas por medio de la inteligencia artificial", que ha presentado su plataforma, Sumar. 

El texto explica propone una actualización de la  Ley Orgánica 1/1982, en la que se castiga la "imputación de hechos o la manifestación de juicios de valor a través de acciones o expresiones que de cualquier modo lesionen la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación". Con dicha actualización, Sumar "expone como acción lesiva de la dignidad, tal y como viene definida en el Código Penal, toda acción generada por la inteligencia artificial que conlleve dicho daño"

En concreto, los que propone Sumar es : "Para concretar las conductas injuriosas ya recogidas en el Código Penal, se crea un nuevo artículo 208 bis del Código Penal para dar entrada a las acciones injuriosas en las que para su comisión se utilicen simulaciones de imágenes o voces de personas generadas por inteligencia artificial, en tanto se debe entender la generación y difusión de imágenes o voces artificiales a través de la inteligencia artificial como de alto riesgo potencial de incurrir en conductas injuriosas con relevancia penal". Además, "se añade también una modificación del artículo 211 para la consideración de estas imágenes o voces artificiales difundidas a través de redes sociales como injurias hechas con publicidad". "También se modifica la Ley 1/2002, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, y en concreto su artículo 727, de tal forma que se crea un nuevo epígrafe en el elenco de medidas cautelares específicas para facilitar la retirada urgente de imágenes o audios generados sin autorización por inteligencia artificial".

¿Se referirán los de Yolandísima a vídeos como estos? 

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Tal como recoge Libertad Digital, el texto exacto propuesto es el siguiente: "Se crea un nuevo artículo 208 bis, dentro del capítulo III del título XII del Código Penal, nuevo precepto penal que tendrá la siguiente redacción:

Artículo 208 bis. Igualmente tendrá la consideración de injuria la acción que, sin autorización y con ánimo de menoscabar el honor, fama, dignidad o la propia estimación de una persona, recrease mediante sistemas automatizados, software, algoritmos o inteligencia artificial para la pública difusión su imagen corporal o audio de voz. Dos. Se modifica el artículo 211 del Código Penal, añadiendo un párrafo segundo, quedado redactado el artículo de la siguiente forma:

Artículo 211. La calumnia y la injuria se reputarán hechas con publicidad cuando se propaguen por medio de la imprenta, la radiodifusión o por cualquier otro medio de eficacia semejante.

Salvo previa autorización expresa de la persona o personas afectadas, las simulaciones de imágenes, vídeos o audios de voz de estas generados a través de sistemas automatizados, software, algoritmos o mecanismos de inteligencia artificial que fueran difundidos a través de redes sociales serán consideradas como injurias hechas con publicidad"

Y todo esto lo propone la plataforma de Yolandísima en un momento en el que se ha reavivado el debate sobre otra de sus proposiciones: una ley que incluiría la supresión de seis preceptos del Código Penal centrados en las calumnias o injurias al Rey; calumnias, injurias o amenazas graves al Gobierno e instituciones como el Consejo General del Poder Judicial, el Tribunal Constitucional o el Tribunal Supremo; las ofensas a los sentimientos religiosos; las ofensas o ultrajes a España o a sus símbolos o emblemas; y, el enaltecimiento del terrorismo.

Es decir, el modelo del 'pensamiento Yolandísima': libertad de expresión sólo cuando me interesa, que critiquen e injurien a los demás, pero a mí, nada de nada.