Lo hacen con suma cautela, lo que constata que estamos ante un producto muy controvertido
Casi dos meses después del visto bueno de Economía, Santander y Mapfre han anunciado este lunes el lanzamiento de la hipoteca inversa, que comenzará a comercializarse el próximo lunes 20 de noviembre, exclusivamente en la ciudad de Madrid.
Esa es, precisamente, una de las curiosidades del anuncio: las cautelas con las que echa a andar lo que se ha considerado durante años un producto anti-herencias. Así, informar a los herederos será un requisito indispensable para la firma del préstamo. Podrán no estar de acuerdo -al fin y al cabo todavía no han heredado-, pero al menos estarán al tanto de lo que les pueda quedar como herencia.
¿A quién va dirigida? A mayores de 65 años con vivienda en propiedad -debe ser la residencia habitual-, libre de cargas y situada en una zona de rápida venta de inmuebles y limitada volatilidad de precios. ¡Ah! y sólo los propietarios pueden vivir en ella. El valor mínimo de la vivienda será de 200.000 euros.
Obviamente, cuanto más valor tenga la vivienda y más años el propietario, más renta podrá cobrar. Hablamos de préstamos con un tipo de interés fijo del 5,99% TAE.
Además del asesoramiento propio de Santander y Mapfre, la contratación del producto requiere, por ley, un asesoramiento independiente, sin vinculación con la compañía, lo que añade un poco más de burocracia al asunto.
La hipoteca inversa se podrá contratar en dos modalidades: con o sin renta vitalicia. En el primer caso, se garantiza el abono mensual de las cuotas hasta el fallecimiento del último de los titulares, gracias a que, junto con la hipoteca, se contrata un producto de renta vitalicia con Mapfre Vida, cuyo coste se incluye en la hipoteca desde el inicio.
La segunda modalidad tiene más riesgo porque sólo se garantiza el cobro de las cuotas hasta la esperanza de vida del cliente. Si supera esa edad, deja de recibir los abonos mensuales.
Para que se hagan una idea, y según cálculos de Santander y Mapfre, una persona de 80 años con una vivienda de 450.000 euros podría cobrar una renta de 980 euros mensuales, hasta alcanzar su esperanza de vida de 94 años. No es como tirar cohetes.
Una vez fallecidos todos los titulares de la hipoteca, los herederos tendrán nueve meses en los que no pagan intereses, para decidir qué hacer: vender la vivienda y quedarse con el importe restante tras el pago de la deuda; cancelar el préstamo y recuperar la vivienda o renunciar a la herencia.
La previsión es que se comercialice por la Comunidad de Madrid durante el primer trimestre de 2024 y por el resto de capitales de provincia durante el resto del año. No será hasta 2025 cuando lo veamos por toda España.
Eso si funciona, claro.