- Lo mismo sucede con la del ex consejero delegado Manuel Sánchez Ortega, que recibió 4,5 millones.
- Los dos hombres que llevaron a Abengoa a la ruina fueron generosamente indemnizados... y los jueces aseguran que es legal.
- Por tanto, los dos se van de rositas en este asunto, tal y como adelantó Hispanidad el pasado octubre.
- Al parecer, era lo adecuado a la normativa, independientemente de su gestión al frente de la ingeniería.
- Y es que la responsabilidad de los gestores sigue siendo una asignatura pendiente del derecho europeo frente al anglosajón.
Nuevo episodio en el recorrido judicial de Abengoa. La Audiencia Nacional ha aprobado la indemnización del expresidente de la compañía, Felipe Benjumea (en el primer plano de la imagen, junto a Manuel Sánchez Ortega), que fue de 11,48 millones de euros. Lo mismo sucede con la que recibió el que fuera consejero delegado Manuel Sánchez Ortega, que ascendió a 4,5 millones. Y es que, según informa EFE haciéndose eco de la sentencia, dicho tribunal ha absuelto a la excúpula de los delitos de administración desleal y de apropiación indebida agravada. Por tanto, Benjumea y Sánchez Ortega se van de rositas, tal y como adelantó Hispanidad en octubre. Al igual que el resto de personas de la cúpula que tuvieron que ver con el tema de las indemnizaciones: tres exconsejeros y miembros de la Comisión de Retribuciones de Abengoa (Mercedes Gracia, Alicia Velarde y Antonio Fornielles). Al parecer, era lo pactado, pues dichas indemnizaciones se adecuaban a la normativa legal y contractual. Conviene subrayar que la cuantía de las mismas no depende de la gestión de la excúpula al frente de la ingeniería. Y es que la responsabilidad de los gestores sigue siendo una asignatura pendiente del derecho europeo frente al anglosajón. En concreto, el derecho europeo y el español se inspiran en el antiguo derecho napoleónico, donde prima lo que aparece en la ley y la jurisprudencia, por tanto el juez tiene más atadas las manos. Mientras en el derecho anglosajón, el juez es más libre y además de aplicar la ley puede fallar lo que considere oportuno. Por eso, no es de extrañar que hace unos años, por ejemplo, las empresas tabacaleras no temían ir a los tribunales europeos, pero sí a los anglosajones, donde el juez además de aplicarles las indemnizaciones contempladas en la ley podía sancionarles con la cifra que le diera la gana (así le pasó a Philip Morris). Cristina Martín cristina@hispanidad.com