"El citado Proyecto de Ley se reconoce el derecho a la suspensión temporal de los desahucios y de otros procesos de recuperación posesoria de la vivienda de hasta cuatro meses de ocupantes, con o sin título"
En los tiempos que corren cabe esperar un poco de todo. Por eso, nos detenemos en una información sobre un juez que le ha dado la razón al propietario de una vivienda ante la denuncia del okupa de la casa que había denunciado al dueño por asaltar la casa -insistimos, su propia casa- de forma "violenta".
Decimos que afortunadamente, el juez le ha dado la razón al propietario. Nos temíamos lo peor. Y suponemos que el propietario también.
Destaca 20 minutos que lo curioso de este asunto es que el okupa incluso llegó a cambiar la puerta del domicilio, situado en el barrio sevillano de Su Eminencia, después de que el propietario entrase por sus propios medios en el mismo. Tanto es así que el okupa se atrevió a denunciar la okupación del propietario de su casa.
Un mes después de la reclamación que el okupa de este piso presentaba ante el juzgado, en la que acusaba al titular de la misma de presuntamente asaltar la vivienda de forma "violenta", el juez ha denegado la petición, perdiendo así el caso.