El último informe PISA ha vuelto sacar los colores al sistema educativo español y en este trance de la agonía escolar llevamos ya unos cuantos años, pero aquí ni se muere padre ni cenamos. Y por eso no son pocos los que empiezan a sospechar que esta situación es la que conviene a la casta política y por eso no mueven un dedo, porque a unos jóvenes que ni entienden lo que lo leen ni saben sumar por lo que se llevan, se les puede convertir en dóciles votantes y controlarlos con la sola concesión de los derechos de bragueta.

Lo del informe PISA no guarda relación con ninguna institución de la bella capital de la Toscana. No, PISA responde a las iniciales de Programme for International Student Assessment. El informe PISA es un programa que evalúa a los alumnos de 15 años de los países pertenecientes a la OCDE, acerca de sus conocimientos y habilidades en la lectura, las matemáticas y las ciencias. Y España forma parte de la OCDE.

Y ya puestos a descifrar abreviaturas, diré que la OCDE es la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) que, según declaración oficial, tiene como misión “diseñar mejores políticas para una vida mejor”. Su secretario general es un exministro australiano, que se llama Mathias Corman, del que no me resisto a reproducir su texto de presentación de la página web, por el tufo a mandil que desprende: “La OCDE es una fuerza positiva en el mundo. Todos tenemos la responsabilidad colectiva de aprovechar su potencial al máximo. Nuestro propósito esencial, según nuestra convención, es preservar las libertades individuales y aumentar el bienestar económico y social. La misión primordial que nos ha guiado hasta ahora -promover un crecimiento económico más fuerte más limpio y más justo, así como la mejora del empleo y los niveles de vida- sigue siendo nuestra misión más importante para el futuro".

Pero la verdad es la verdad, la diga un masón o su porquero, y lo peor no es que nuestros bachilleres acaben sus estudios sin la preparación adecuada, sino que, a pesar de eso, se matriculan en las Universidades, porque si no logran superar la nota de corte de las Universidades públicas, para eso están las Universidades privadas, a las que en más de los casos deseables se las perdona que impartan la docencia del “pinta y colorea”. Eso sí, mientras hacen caja a base de cobrar a los papás unas matrículas que arde el pelo y pagar a sus profesores unos sueldos de miseria y tenerlos de clases hasta arriba, sin tiempo para el estudio y la investigación... que es parte y parte muy esencial de la dedicación de un profesor universitario.

Ni exagero, ni mi invento nada y para probarlo basta mencionar lo que ocurre con el escándalo del doctorado del presidente del Gobierno, sin que haya pasado nada. Es de todos conocidos que en algunos medios de comunicación le han otorgado a Pedro Sánchez el título de “doctor cum fraude”, para insinuar que la obtención de su grado de doctor con la calificación de “cum laude”, expedido en la Universidad privada Camilo José Cela, no fue limpio. Se ha llegado a publicar que en las 371 páginas de la tesis doctoral de Pedro Sánchez hay plagios en 177, es decir, en más de la mitad. Y hasta asistimos a un debate electoral televisado, hace años, en el que Albert Rivera le entregó a Pedro Sánchez unos folios encuadernados, a la vez que le decía: “Le he traído un libro que usted no ha leído, su tesis doctoral”.

Y todas estas acusaciones tan graves circulan como si tal cosa, sin que nadie compruebe si son ciertas o no, causando esta indolencia, sin duda, un gravísimo mal a la institución universitaria por el desprestigio que escándalos como este le acarrean. La prueba de que el sistema educativo español está enfermo, muy enfermo, es que con tanto ministerio de Educación y consejerías del ramo en tantas autonomías como hay, todavía no se haya abierto un expediente a la Universidad Camilo José Cela para investigar lo que pasó con la tesis de Pedro de Sánchez, porque de comprobar que todo lo que se dice es cierto habría que quitarle ese título académico al presidente del Gobierno, sancionarle y hacer lo mismo con los miembros del tribunal que calificaron ese trabajo y proceder contra la Universidad Camilo José Cela, para que no pudiera impartir el grado de doctor durante una buena temporada.

Por su parte, las reacciones que ha provocado el informe PISA han puesto de manifesto, a la vez, el tumor maligno de haber establecido en España una enseñanza en porciones, al gusto de cada autonomía. Y por eso se ha desatado una pelea de gatos entre los responsables de la Educación de las autonomías a cuenta de que los alumnos de determinado terruño leen mejor que los de al lado. E incluso el responsable del ramo en Cataluña ha echado la culpa a los emigrantes de los malos resultados de su región, pero eso no es xenofobia sino una sano nacionalismo orientado hacia el futuro progresista.

Ante esto, y porque la Historia es maestra de la vida, uno no puede menos que volver la vista al pasado y acordarse de Claudio Moyano (1809-1890). Este personaje, perteneciente a una rica familia de terratenientes, hizo carrera universitaria y llegó a ser rector de la Universidad de Valladolid, de cuyo paso por este cargo la Historia ha emitido un juicio muy positivo.

Claudio Moyano, que tuvo en su juventud algunos arrebatos radicales, pero que en materia educativa sabía de lo que hablaba, acabó militando en el partido moderado y fue el autor en 1857 de la ley de Educación, cuyas bases estuvieron vigentes nada menos que hasta la Ley General de Educación de 1970. Cuyo decálogo quedaba establecido así en las siguientes disposiciones del artículo primero de ley:

“1ª La enseñanza puede ser pública o privada. El Gobierno dirigirá la enseñanza pública y tendrá en la privada la intervención que determine la ley.

2ª La enseñanza se divide en tres períodos, denominándose, en el primero, primera: en el segundo, segunda, y en el tercero, superior.

La primera enseñanza comprende las nociones rudimentales de más general aplicación a los usos de la vida. La segunda enseñanza comprende los conocimientos que amplían la primera y también preparan para el ingreso al estudio de las carreras superiores. La enseñanza superior comprende las que habilitan para el ejercicio de determinadas profesiones.

3ª La primera enseñanza podrá adquirirse en las escuelas públicas y privadas de primeras letras y en el hogar doméstico.

La ley determinará las condiciones con que han de ser admitidos a los otros períodos de la enseñanza los que hayan recibido en sus casas la primera. La segunda enseñanza se dará en los establecimientos públicos y privados. La ley determinará qué partes o materias de este período de instrucción pueden cursarse en el hogar doméstico, y con qué formalidades adquirirán carácter académico. La enseñanza superior sólo se dará en establecimientos públicos. Son establecimientos públicos de enseñanza aquellos cuyos Jefes y profesores son nombrados por el Gobierno o sus delegados.

4ª Unos mismos libros de texto, señalados por el Real Consejo de Instrucción Pública regirán en todas las escuelas.

5.ª Los establecimientos de Instrucción Pública se costearán:

Primero. De las rentas que posean y de las que lleguen a adquirir.

Segundo. De las retribuciones que satisfagan los que reciban en ellos la enseñanza

Tercero. De lo que deben percibir, ya para su dotación, ya para completarla, de los presupuestos municipales, provinciales o del Estado.

Esta obligación recae:

En los pueblos, por lo que respecta a la primera enseñanza para los niños de ambos sexos.

En las provincias, en lo relativo a la segunda enseñanza y a las Escuelas normales de maestros y maestras.

En el Estado, respecto a las Universidades y a las Escuelas profesionales superiores. Al sostén de las Escuelas superiores de las provincias contribuirán éstas, en justa proporción, con los respectivos Ayuntamientos y con el Estado.

6.ª La enseñanza pública primera será gratuita para los que no puedan pagarla, y obligatoria para todos, en la forma que se determine.

7.ª En el presupuesto del Estado se consignará anualmente la cantidad necesaria para auxiliar a los pueblos que no puedan costear por si propios la instrucción primaria.

8.ª Para ejercer el profesorado es indispensable haber obtenido el titulo correspondiente.

9.ª El profesorado público constituye una carrera facultativa en la que se ingresará por oposición, salvo los casos que determine la ley, y se asciende por antigüedad y méritos contraídos en la enseñanza. Los profesores de establecimientos públicos no podrán ser separados sino en virtud de sentencia. judicial o de expediente gubernativo, oyendo a los interesados.

10.ª El jefe superior de instrucción Pública en todos los ramos, dentro del orden civil, es el ministro de Fomento. Su administración central corre a cargo de la Dirección General de Instrucción Pública, y la local está encomendada a los rectores de las Universidades, jefes de sus respectivos distritos universitarios”.

El mismo Claudio Mayano, pasados los años, dio razón de la vigencia de su ley, sin sospechar que todavía le quedaba una larga vida, nada menos que hasta 1970. Entre los varios cargos que desempeñó, Claudio Moyano también fue senador, y en la sesión del 27 de abril de 1887, en las páginas 1.708 y 1.709 del Diario de Sesiones de Senado se guarda el secreto de su éxito. Esto fue lo que dijo el autor de la ley de Educación de 1857, después de los primeros treinta años de vigencia: “Durante este período, ya saben los señores senadores, por cuantas vicisitudes ha pasado este país: ha habido dos monarquías, dos o tres repúblicas, porque he perdido la cuenta; más a pesar de haber pasado treinta años dos monarquías y dos repúblicas la ley sigue vigente (…) La ley, pues, y esto puedo decirlo muy alto, fue una ley nacional, no de partido, ni del que yo militaba entonces ni del que sigo militando ahora”.

Javier Paredes

Catedrático emérito de Historia Contemporánea de la Universidad de Alcalá.