En España, la ‘Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para penalizar el acoso a las mujeres que acuden a clínicas para la interrupción voluntaria del embarazo’, permite castigar hasta con penas de cárcel a quienes acuden a las clínicas abortistas a rezar y a ayudar a las mujeres que así lo soliciten, si así lo interpreta el juez. 

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Y en esas estamos en la sociedad en la que vivimos que nos hace plantearnos cuestiones -como recoge un interesantísimo artículo de Economist & Jurist- tan cruciales como esta: ¿prioridad para los derechos animales sobre los derechos del no nacido?

En una España en la que según registros oficiales, un tercio de los hogares convive con al menos un animal de compañía, la ley ofrece un total de ¡38 definiciones!, empezando por el concepto “animal de compañía”. Otra cuestión llamativa -entre otras muchas- es que obliga a los propietarios de perros a realizar un curso formativo al efecto, con el objetivo de facilitar una correcta tenencia responsable del animal.

Destaca el artículo, escrito por Pau Saumell, abogado en SMS Advocats, que "en abierto contraste con esa protección integral de los animales, solo un año antes se aprobó  la Ley Orgánica 4/2022, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para penalizar el acoso a las mujeres que acuden a clínicas para la interrupción voluntaria del embarazo: no admiten que reciban más información que la de las clínicas abortistas. Lo que a algunos nos hace pensar en la tabla de valores que manejan los legisladores de hoy, que parecen más centrados en la ideología –en esos casos, animalista y abortista- que en los auténticos derechos y libertades naturales del ser humano.

Podemos preguntarnos dónde viene hoy prevista la protección del ser humano desde que existe en el vientre de su madre. Algunos creíamos que en nuestra Constitución, hasta que el nuevo TC diseñado por el número 1 retorciera su doctrina anterior para negarlo. Parece que cuando se trata de esos seres humanos solo interesa proteger la decisión libre de la mujer sobre su cuerpo, orillando que el cuerpo de su hijo es un tercero que debería tener derecho a la vida. Pero no: cuando se trata ese tema el legislador solo se basa en los informes sesgados de la OMS y estudios interesados de las clínicas que se ganan la vida practicando abortos, como se observa en el preámbulo de aquella Ley orgánica"

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Prosigue el autor del artículo: "Pensando en el contenido de dicha ley orgánica, que castiga a quien intente informar a las mujeres que se dirigen a abortar, estaría bien que paralelamente se obligara a todos los legisladores a ver una filmación completa, con imágenes reales, de cómo se producen los abortos y sus diversos métodos, como requisito previo para poder votar en el Parlamento sobre cualquier ley relacionada con la eliminación del no nacido". ¿Recuerdan cuando el entonces vicepresidente de la Junta de Castilla y León, García-Gallardo (Vox) lanzó el sistema norteamericano de que la embarazada escuche el latido del corazón de su hijo antes de abortar... lo que provocó el estallido de ira del PSOE?

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Finaliza Pau Saumell preguntándo: "¿Quién defiende desde el Estado a los no nacidos? ¿Por qué se castiga con años de cárcel a las madres que matan a su hijo un día después de su nacimiento, y se defiende como derecho si lo hacen unos meses antes del parto? ¿Cómo tratará el asunto el servicio público RTVE, rediseñado también a su gusto hace dos semanas por el mismo nº 1? ¿Esa dicotomía derechos-animales/aborto-niños es la que buscamos para la sociedad de nuestros hijos?

En el mundo de la abogacía se echa en falta un debate profundo sobre la defensa del no nacido, pero desconozco si algún colegio profesional tiene alguna comisión que se dedique a su estudio, como sí las hay -y muchas- sobre los derechos animales".