Ahora Sánchez no solo le da carta de naturaleza, sino que asegura que se trata de un paso «incuestionable» hacia la «federalización de nuestro sistema autonómico», es decir, de España. (ABC 01-08-2024)

Constitución Española de 1978: Título VIII, Capítulo III, Artículo 145:

  1. En ningún caso se admitirá la federación de Comunidades Autónomas.

Si el concierto significa un paso incuestionable para la Federalización de España; el concierto es inconstitucional.

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