El magistrado conservador del Tribunal Constitucional (TC), José María Macías
El juez del Tribunal Constitucional José María Macías opina que el alto tribunal «violó el derecho europeo» al avalar una reforma que realizó el Gobierno de Pedro Sánchez para nombrar presidente del mismo a Cándido Conde Pumpido.
Mediante un voto particular de 16 páginas, Macías no avala las dos leyes orgánicas elaboradas por el Ejecutivo de Pedro Sánchez: una, cuando suprimió al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) su competencia para hacer nombramientos al estar en funciones (norma exprés aprobada por PSOE y Podemos). Y la otra, la que posibilitó, modificando las mayorías del CGPJ (consiguiendo una mayoría izquierdista), el nombramiento de Cándido Conde Pumpido como presidente, recoge El Debate.
En opinión de Macías, en la aprobación de ambas leyes se violó el derecho de la UE. Y también se violó el derecho de la UE porque no se planteó una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), cuando en este caso era obligatorio.
Según recoge Libertad Digital, el juez afirma que "el desconocimiento por el legislador en dos leyes orgánicas concomitantes, como la LO 4/2021 y LO 8/2022, de las competencias del CGPJ para, primero, limitarlas y, a continuación, ampliarlas, en interés del ejecutivo coelector, en cuyo interés se establecen también plazos hasta el momento desconocidos en la normativa precedente, evidencia una instrumentalización del CGPJ en la designación de los magistrados del TC que de manera inevitable suscita dudas legítimas en el ánimo de los justiciables sobre su impermeabilidad y sobre su neutralidad".
"La tramitación parlamentaria acelerada que ha prescindido de la participación de los sectores implicados se ha producido de espaldas (cuando no, en flagrante y buscado desconocimiento) de los estándares europeos de Estado de derecho e independencia judicial, privando igualmente a los miembros del parlamento, para el ejercicio correcto de su función, de la opinión de los actores de los sectores representativos a que se refieren esos estándares europeos de Estado de derecho. Y concluyo también que con ello se ha afectado sustancialmente el Estado de derecho y las obligaciones derivadas de nuestra adhesión a la UE (principio de primacía y de eficacia directa del de la jurisprudencia del TJUE), lo que ha determinado la infracción mediata de los arts. 23 y 93 CE", añade, en su voto particular el magistrado Macías.
El magistrado conservador recuerda también que "siendo reiterada la jurisprudencia del TJUE sobre la exigencia de independencia e imparcialidad de los tribunales, y las garantías del procedimiento de nombramiento de los magistrados que los integra, que se extiende al órgano de gobierno que los propone, la reforma de la LO 4/2022 que modifica por enésima vez la LOPJ, nuevamente de manera acelerada y sin la intervención del CGPJ, para designación de los dos magistrados del TC a propuesta del CGPJ imponiéndole hasta un plazo de duración del procedimiento, a mi entender, presenta una fumus nada despreciable de incompatibilidad con los arts. 2, 19.1.2º TUE y art. 47 Carta".